Suspenden acciones de pretroleras en Colombia | El Nuevo Siglo
Viernes, 27 de Septiembre de 2013

Las acciones de Petrominerales y Pacific Rubiales fueron suspendidas intempestivamente tanto en la Bolsa de Valores de Colombia como en su homóloga de Canadá, en momentos donde cada título presentaba un importante ascenso.

 

En el caso de Petrominerales, sus títulos alcanzaron a superar el 20% de valorización, registrando precios superiores a los 16 mil pesos a mitad de jornada.

 

En la bolsa de valores de Canadá, a estas acciones se les congelaron los precios y no se les permitió seguir con se comercialización, lo que causó sorpresa, pues la medida también se aplico a los títulos de Pacific Rubiales.

 

Según fuentes no oficiales, la medida obedece a la posible compra de Petrominerales por parte del gigante petrolero, Pacific Rubiales, versión que encontraría su base en los anuncios de algunos comisionistas de bolsa colombianos que les manifestaron a sus clientes la medida a causa de eventos corporativos de ambas compañías.

 

A continuación el comunicado de la Bolsa de Valores de Colombiana:

 

La Bolsa de Valores de Colombia se permite informar a las sociedades comisionistas miembros, que de conformidad con lo previsto en el artículo 3.4.3.1 del Reglamento General de la Bolsa de Valores de Colombia y, teniendo en cuenta que el IIROC de Canadá (The Investment Industry Regulatory Organisation), ordenó la suspensión de la negociación de las acciones de PETROMINERALES y de PACIFIC RUBIALES ENERGY en la Bolsa de Valores e Toronto, ha procedido, a partir de las 12:21 p.m. del día de hoy, a suspender la negociación de las siguientes especies:

 

- PETROMINERALES (NEMO: PMGC)
- PACIFIC RUBIALES ENERGY (NEMO: PREC).

 

A partir de la suspensión, las órdenes vigentes y activas sobre estas especies fueron eliminadas automáticamente y no se permitirá el ingreso de órdenes ni la celebración de operaciones de contado, repos y transferencia temporal de valores, sobre estas especies, mientras se encuentre vigente la medida de suspensión. Lo anterior, sin perjuicio del cumplimiento de las Operaciones que se encuentren pendientes.