Por: Andrés Rincón
Periodista El Nuevo Siglo
Por no haber notificado el Consejo de Estado al Congreso del fallo que anuló el pago de la prima de localización y vivienda a los congresistas con residencia en Bogotá, éstos siguen disfrutando del beneficio pues no ha sido descontado del sueldo, a pesar que la sentencia se emitió hace cinco meses.
Debido a esta dificultad administrativa, la mesada de seis millones 282 mil pesos mensuales se ha venido cancelando de forma continua a los 18 representantes a la Cámara a que tiene derecho la capital de la República así como a un número importante de senadores que también tienen su residencia en esta ciudad.
EL NUEVO SIGLOconsultó ala jefa de Personal de la Cámara de Representantes, Diana Rojas Briñez, sobre la ejecución de la medida, quien explicó que a pesar de que la decisión tiene fecha del 5 de abril de este año, ésta no fue notificada por parte del alto Tribunal.
Se “solicitó en dos oportunidades al Consejo de Estado en Oficio D.P. 4.1.1103-2013 de fecha 23 de mayo de 2013 y en oficio D.P.4.1270 del 31 de julio de 2013 se nos comunicara la fecha en que quedó ejecutoriado y en firme el fallo de fecha 5 de abril de 2013, y se nos remitiera copia del mismo, toda vez que no contábamos con esta información ya que nunca se nos comunicó por parte de las partes el contenido del fallo”, explicó Rojas.
Solo hasta el 4 de septiembre, la División de Personal de la Cámara recibió respuesta del Consejo de Estado en la que afirma que procederá a enviar la notificación oficial.
“El Secretario General mediante oficio S.G.2.2550.13 de fecha 3 de septiembre de 2013 manifiesta que procederá a suministrar la información requerida por la División de Personal y la Sección de Registro y Control, en atención a los oficios enviados con el último domicilio registrado por los representantes a la Cámara, para los fines pertinentes”, señala el documento.
Según la Jefa de Personal, cuando llegue el fallo en firme se procederá a realizar la respectiva reliquidación de la nómina.
“Así las cosas, en cuanto la Subsecretaría General remita la información requerida a la Sección de Registro y Control y se proceda de conformidad con la liquidación de la nómina, procederemos a completar la respuesta en debida forma a su solicitud”, puntualizó Rojas.
Otras fuentes del Congreso afirmaron que el fallo es confuso en la medida en que declara la nulidad condicional del Decreto. Otra razón para que no se haya procedido con el cumplimiento de la decisión es que el demandado fue el Ministerio de Hacienda y no el Senado, por lo que éste no ha actuado como contraparte.
“No han notificado por una razón: porque al Senado nunca lo demandaron, ya que los demandados fueron la Nación, el Ministerio de Hacienda y el Departamento de la Función Pública. Entonces como el Senado nunca fue parte, no le notificaron”, precisó la fuente consultada.
Congresistas opinan
Consultada sobre el tema, la representante del Partido Verde por Bogotá, Ángela Robledo, reconoció que la prima de localización no ha sido retirada de su sueldo.
“La prima por vivienda en Bogotá todavía no la han retirado. Los fallos los han anunciado, pero en el Congreso dicen que están atentos a ser notificados”, afirmó.
Robledo señaló que según versiones, el retraso en la notificación de la sentencia no ha hecho efectivo el retiro de la prima. “Lo que dicen es que debía ser notificada. A nosotros no se nos ha notificado, no se nos ha descontado. En el caso de los representantes de Bogotá se está a la espera que esto llegue”.
A su vez, la representante del Polo Democrático por Bogotá, Alba Luz Pinilla, dijo que desde que se dictó la sentencia hasta hoy, el sueldo no ha cambiado.
“El sueldo no ha variado. Creo que el mismo fallo dice que tienen que cuadrar la parte administrativa porque no se podría de la noche a la mañana que un representante quedara ganando menos que otro”, sostuvo.
En el mismo sentido se pronunció el senador Progresista Jorge Guevara, quien afirmó que no lo han notificado de la medida.
“Eso no lo han notificado. A mí el sueldo me llega muy pequeño porque estoy pagando el préstamo de la campaña pasada, pero no tengo informe de eso. El Consejo de Estado no ha notificado”, confirmó.
Por su parte, el senador Iván Name del Partido Verde dijo desconocer dicho descuento. “Eso nos tiene preocupados pero yo no he sabido nada de eso”.
En el caso de la Cámara, los pagos a los 18 representantes por Bogotá ascienden a 565 millones 380 mil pesos en los cinco meses posteriores al fallo. Esto sin contar los desembolsos a los senadores, cuya residencia debe justificarse para poder gozar del beneficio.
Cumplimiento
El magistrado de la Sección Segunda del Consejo de Estado, Gustavo Gómez, afirmó que al anularse el Decreto 801de 1992 que autorizaba la prima, el pago quedó sin piso jurídico. “Se anula el decreto que creó la prestación, al hacerlo no existe respaldo jurídico para ningún pago”, aseguró.
Gómez, quien dijo desconocer el estado de la sentencia, señaló que ésta es de inmediato cumplimiento, al tiempo que descartó que tuviera algún condicionamiento para su entrada en vigor. “Una sentencia judicial cuando se pronuncia y queda en firme, debe cumplirse obligatoriamente”, afirmó.
El Magistrado indicó que queda en manos de los organismos de control hacer cumplir el fallo a expensas de que la entidad encargada de aplicarlo sea sancionada.
“Para el cumplimiento de las sentencias judiciales están los organismos de control fiscal como la Contraloría que tiene que velar porque las sentencias se cumplan; en segundo lugar, está la parte disciplinaria que corresponde a la Procuraduría; y en tercer lugar está la Fiscalía porque no cumplir una sentencia es fraude procesal”, recalcó.
La ley contempla que el incumplimiento de fallos judiciales configura el delito de fraude procesal, además del detrimento patrimonial por la liquidación indebida de recursos.
Condicionamiento a prima de localización
El Consejo de Estado condicionó la norma que otorga a los congresistas una prima de localización y vivienda para que este beneficio solo se entregue a los representantes a la Cámara o Senadores que residan fuera de la Capital de la República.
La Sección Segunda, con ponencia del magistrado Gustavo Gómez Aranguren, explicó que la acreditación de vivir fuera de la ciudad debe ser específicamente determinada y estar debidamente comprobada.
El artículo 2 del Decreto 801 de 1992, que dispone el otorgamiento de la prima fue demandado por el periodista Felipe Zuleta Lleras, al considerar que “se les reconoce a los parlamentarios la prima de localización y vivienda sin fijar las circunstancias que la justifiquen, es decir, sin señalar las condiciones para tener derecho a la misma”.
El Alto Tribunal explicó que, aunque el Gobierno Nacional tiene la facultad de fijar el régimen prestacional de los congresistas, debe tener presentes varios objetivos y criterios, dentro de los cuales se encuentra “el reconocimiento de gastos de representación y de salud y de prima de localización, de vivienda y de transporte cuando las circunstancias lo justifiquen para la Rama Legislativa”, según el artículo 4 de la Ley 4º de 1992.
Deducciones a congresistas
En lo corrido del año los ingresos de los congresistas se han visto reducidos ostensiblemente debido a sentencias judiciales. La primera decisión se dio con el fallo de la Sección Quinta del Consejo de Estado que condicionó el pago de la prima de localización y vivienda a los congresistas con residencia fuera de Bogotá. El segundo hecho se dio en junio con el fallo de la Corte Constitucional que le puso tope a las pensiones de los congresistas, limitándolas a 25 salarios mínimos mensuales vigentes, es decir que no pueden sobrepasar 14 millones 700 mil pesos. Antes de la decisión dichas pensiones alcanzaban hasta los 30 millones de pesos.
La tercera medida se dio la semana pasada con la nulidad del artículo cuarto del Decreto 801 de 1992, que ordenaba el pago mensual a los parlamentarios de una prima de salud del 10 por ciento de su salario. Esta prima es de un millón 600 mil pesos.