Siete preguntas de CIDH al alcalde Petro | El Nuevo Siglo
Lunes, 27 de Enero de 2014

Una Serie de preguntas tendientes a conocer el estado actual de la decisión de la Procuraduría y para conocer el ordenamiento jurídico colombiano, le fueron formuladas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, CIDH, al destituido alcalde de Bogotá, Gustavo Petro.

El organismo le dio al Mandatario capitalino 48 horas para que conteste los siete interrogantes formulados a través de una carta.

El alcalde Petro acudió a la CIDH luego de ser destituido y sancionado por 15 años por la Procuraduría, organismo que consideró que cometió tres “faltas graves” al cambiar el esquema de aseo en la ciudad.

El burgomaestre espera que el organismo decrete medidas cautelares que le permitan continuar en el cargo, aunque en la última semana logró que tres fallos a acciones de tutela interpuestas contra la destitución, congelaran la misma.

Sin embargo, el procurador Alejandro Ordóñez anunció que interpondrá los recursos necesarios ante el Consejo de Estado para que su fallo quede en firme.

Entre las preguntas que deberá responder el alcalde en un término de 48 está: ¿cuál es el estado actual de la decisión emitida por la Procuraduría General y si, efectivamente, dicha decisión estaría suspendida?

Así mismo, ¿Cuál sería el plazo que tendría el ejecutivo para ejecutar la decisión de la Procuraduría General, de existir una revocatoria del Consejo de Estado?

También preguntan ¿Si la Procuraduría General habría apelado a las tutelas que fueron otorgadas en favor del señor Gustavo Petro?

Además lo interrogan sobre ¿Cuál sería el plazo que tendría el Consejo de Estado para pronunciarse sobre las tutelas de referencia?

Otras de las preguntas es ¿Si el Consejo de Estado resolvería las tutelas de manera acumulada o si habría una decisión respecto de cada tutela?

Igualmente, ¿Si el señor Gustavo Petro habría impugnado la notificación por edictos, realizada por la Procuraduría General?

Y por último, ¿Si una eventual revisión ante la Corte Constitucional tendría efectos suspensivos?”.