Sí a más recargo nocturno, no a baja de aportes a salud | El Nuevo Siglo
Foto Agence France Press
Martes, 18 de Julio de 2017
Redacción Web

El presidente Juan Manuel Santos sancionó este martes la Ley 1846 que autoriza el pago de recargo nocturno desde las 9 de la noche hasta las 6 de la mañana.

La citada normativa que modifica los artículos 160 y 161 del Código Sustantivo del Trabajo señala que la jornada diurna estará comprendida entre las 6 de la mañana y las 9 de la noche.

Así mismo, la jornada nocturna será el lapso comprendido entre las 9 de la noche y las 6 de la mañana.

Igualmente, la mencionada ley indica que el empleador y el trabajador pueden acordar que el trabajo semanal de 48 horas se cumpla por medio de “jornadas diarias flexibles” distribuidas en máximo seis días a la semana, con un día de descanso obligatorio que puede coincidir con el domingo.

También indica la norma que el número de horas de trabajo diario podrá reportarse de manera variable en la semana respectiva, teniendo como mínimo cuatro horas continuas de labores y máximo 10 horas diarias; sin lugar a ningún recargo por trabajo suplementario, cuando el número de horas diarias de trabajo no sobrepase el promedio de 48 horas semanales de trabajo en desarrollo de la jornada ordinaria (6 de la mañana a las 9 de la noche).

 

 

No a bajar aportes de pensionados

De otra parte, el gobierno  objetó el proyecto de ley por el cual se modifica la cotización mensual el régimen contributivo de salud de los pensionados, por motivos de inconstitucionalidad e inconveniencia.

La decisión adoptada protege, entre otras, la garantía del derecho a la salud de 4,4 millones de afiliados y el esquema de subsidios cruzados que hoy beneficia a una buena parte de la población.

Entre otros, el citado proyecto adolece de vicios de su formación, dado que la votación del informe de conciliación, carecía de unanimidad, se eludió el debate parlamentario y no fue saneado.

De la misma forma, la exención tributaria que contempla la citada iniciativa no cuenta con el aval del Gobierno.

También se considera que el proyecto es violatorio de los principios de equidad y progresividad en materia tributaria, así como de los de solidaridad y progresividad de la seguridad social.

El proyecto propone una modificación a la carga impositiva de un grupo específico de contribuyentes, omitiendo analizar su capacidad contributiva, la progresividad del sistema de salud, y la capacidad contributiva del resto de contribuyentes que pertenecen al sistema.

Se violan los principios de solidaridad y progresividad en la seguridad social en la medida en que la iniciativa disminuye las fuentes de recursos en beneficio de un grupo específico de aportantes, lo que dificulta la ampliación de cobertura de servicios, la prestación del servicio de salud de afiliados y rompe con el esquema de subsidios cruzados que sustenta el sistema de salud.

La medida incorporada por el proyecto de ley  se estima regresiva en la medida en que  priva al sistema de saluda de una importante fuente de financiamiento, sin establecer cómo se va a sustituir.

También pone en riesgo la garantía del derecho fundamental a la salud de una gran parte de la población, estimada en cerca de 4,4 millones de afiliados.

Lo anterior, debido a que se verán afectados los recursos disponibles para financiar los beneficios de salud a los que actualmente tienen derecho, por cuenta de la eliminación de una importante fuente de recursos, afectando a la población más necesitada.

La iniciativa compromete la financiación del Sistema de Salud pues genera un impacto fiscal promedio anual de $3,7 billones, entre el 2017 y el 2022.
En un horizonte de 20 años, el valor presente neto del impacto ascendería a $100 billones a precios del 2017, entre el 2017 y el 2035.

El Ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, dijo recientemente las razones de la objeción, entre ellas, que el Congreso de su propia iniciativa no puede tomar la decisión de bajar las tarifas de los tributos, al tiempo que indicó que el Gobierno fue consistente a lo largo de todo el debate en que no la avalaba, por lo que hay un vicio en la constitucionalidad.

De la misma forma, mencionó que en la votación del informe de conciliación en la Plenaria del Senado se hicieron cerca de 5 votaciones, algunas de ellas sin el quórum suficiente.

También, que es un proyecto que le baja cotización a salud tanto al pensionado del salario mínimo como al pensionado que recibe una pensión de 18 millones de pesos.

 

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