Sellan hornos de Jardines del Recuerdo y Apogeo | El Nuevo Siglo
Viernes, 31 de Enero de 2014

Por emitir gases contaminantes a la atmósfera los hornos crematorios de la sociedad Parques y Funerarias S.A. Jardines del Recuerdo, ubicado en Suba y de la sociedad Jardines del Apogeo en Bosa, fueron sellados.

La razón, la Secretaría Distrital de Ambiente (SDA) les impuso a ambos cementerios medidas preventivas de suspensión de las actividades generadas por las fuentes fijas de emisión, es decir los hornos crematorios que generen contaminación atmosférica.

En Jardines del Recuerdo fueron sellados dos hornos, marcas Incol y All Crematory, mientras que en El Apogeo se le instalaron sellos al horno marca All Crematory.

El sellamiento de los tres hornos se mantendrá hasta que los cementerios cumplan con los parámetros ambientales y obtengan el permiso de emisiones, otorgado mediante un acto administrativo por la Secretaría de Ambiente.

Según la Resolución 186 de 2014 de la SDA, el cementerio Jardines del Recuerdo no cuenta con el permiso de emisiones atmosféricas para el funcionamiento de sus dos hornos, ya que ambos incumplen parámetros ambientales y contaminan el aire capitalino.

El horno marca Incol no cumple con los límites permitidos para material particulado (polvo, hollín y humo), que es de 50 microgramos por metro cúbico.

Por su parte, el horno marca All Crematory  incumple los parámetros de material particulado y de monóxido de carbono (promedio horario de 150 microgramos por metro cúbico).

Ambos hornos no han demostrado que cumplen con el tiempo de retención de dos segundos en las cámaras de postcombustión, para asegurar una completa descomposición de la materia orgánica.

Por esto, y por no ser viable técnicamente, en septiembre de 2013 la Secretaría de Ambiente decidió negar la solicitud presentada por Jardines del Recuerdo para obtener el permiso de emisiones atmosféricas.

En enero de 2013, el cementerio presentó un estudio de emisiones atmosféricas, pero no cumplió con las exigencias dadas por la SDA; así lo indica la Resolución 2784 de 2013 de la SDA.