Hasta con el cierre definitivo podría ser sancionado un parque de atracciones en caso de ser encontrado responsable de accidentes que se produzcan afectando a los usuarios. Así lo contempla un proyecto de ley que le falta solo un debate en la plenaria de la Cámara de Representantes.
El autor del proyecto, el presidente del Partido Conservador, el senador Efraín Cepeda, le hizo un llamado al presidente de la Cámara, Augusto Posada, para que se impulse la iniciativa en la plenaria de la Corporación.
Cepeda aseguró que "el objetivo es brindar más seguridad a la vida e integridad de los usuarios de los parques de diversión, así como lograr una mayor eficiencia en la actividad realizada por las autoridades encargadas de la inspección, vigilancia y control".
En ese sentido el Parlamentario explicó que las razones que lo llevaron a radicar este proyecto fueron los múltiples accidentes que se han presentado en estos lugares, como el ocurrido en el parque Bima de Bogotá
"Los accidentes dejan serias dudas sobre el cumplimiento de controles establecidos en la Ley 1225 de 2008 y la resolución 0958 de 2010 expedida por el Ministerio de Comercio sobre los operadores de los parques de diversiones”, manifestó el Congresista conservador.
De la misma manera, Efraín Cepeda considera que el actual marco regulatorio de estos parques, la Ley 1225, no ha sido suficiente y por eso se deben "endurecer las sanciones establecidas en el caso de incumplimiento de las normas de seguridad, las cuales al momento de hacer una ponderación con el bien jurídico tutelado, en este caso la vida e integridad de los usuarios resulta eminentemente irrisoria".
Sanciones
El proyecto de ley establece algunas sanciones como multas sucesivas hasta de quince salarios mínimos legales vigentes por cada día de incumplimiento y hasta por veinte días; orden de suspensión de operación de la respectiva atracción o dispositivo de entretenimiento, hasta por el término de treinta días; orden de cese de actividades de la respectiva atracción o dispositivo de entretenimiento, si pasados treinta días de haber sido sancionado con la orden de suspensión, continúa sin observar las disposiciones contenidas en la presente ley y cancelación del registro del parque de diversiones.
Las autoridades encargadas de la inspección, vigilancia y control en la prestación de los servicios inherentes a los parques de diversiones deberán garantizar como mínimo seis visitas anuales a los respectivos parques o dispositivos, para verificar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la ley.
El personal utilizado en las visitas de que habla el artículo precedente, deberá ser técnico, con experiencia mínima de un año o con estudios universitarios en una especialidad afín.
Se espera que a partir del mes de marzo, cuando se reiniciarán las sanciones en el Congreso, los legisladores aborden la iniciativa para que pueda entrar en vigencia este mismo año.
Todos los años se sabe de accidentes en los parques de diversiones del país, que han dejado varios heridos e incluso personas han perdido la vida en estos juegos cuando confiados fueron por un poco de diversión.
Es el caso de un accidente el año anterior en la ciudad de Medellín, que produjo la muerte de una menor de 5 años y lesiones a cuatro menores más en el Parque Norte.
En esa oportunidad Ángela María Díaz Pinzón, directora ejecutiva de la Asociación Colombiana de Atracciones y Parques de Diversiones (ACOLAP) que “como país de Latinoamérica, Colombia es el único que cuenta con una ley que apunta a darle tranquilidad a los ciudadanos en el tema de los parques. No se puede abrir un parque porque sí; tienen que cumplir con una serie de reglamentaciones y de requisitos en los que la Alcaldía está muy interesada en empezar a ejercer un control estricto”.
Los alcaldes distritales y municipales, a través de la Secretaría de Gobierno o de la dependencia designada por el Alcalde, son los encargados de vigilar el cumplimiento de las normas establecidas en la Ley 1225 del 2008, sin embargo en la práctica no hay una regulación que efectivamente establezca la realización de visitas periódicas de las autoridades a esto lugares con el fin de verificar las condiciones de seguridad, como efectivamente lo propone el proyecto que en la actualidad discute el Congreso de la República.