Revocan norma de mantener luces prendidas en carretera | El Nuevo Siglo
Martes, 30 de Agosto de 2011

 

El Consejo de Estado tumbó la norma expedida por el ministerio de Trasporte que ordenaba mantener luces encendidas en el día cuando se viajaba por carretera
El tribunal señaló que el ministerio de trasporte sólo tiene facultad para expedir decisiones transitorias, ya que en ningún momento pueden tener capacidad de convertirse en regla general, con esto estaría irrumpiendo a la rama legislativa. 
El tribunal declaró nulidad de la Resolución 2730 de 2004 y explica que “Todo vehículo automotor deberá tener encendidas las luces exteriores a partir de las dieciocho (18) horas hasta las seis (6) horas del día siguiente, y cuando las condiciones de visibilidad sean adversas. Sin embargo, las autoridades de tránsito podrán fijar horarios de excepción".