"Reforma no ayudaría a la descongestión judicial" | El Nuevo Siglo
Martes, 22 de Mayo de 2012

A dos debates de convertirse en Acto Legislativo la Reforma a la Justicia se ha convertido en un punto de análisis de varios sectores de la sociedad. Era de esperarse que no todas las personas estuvieran de acuerdo con la totalidad del articulado, sin embargo, hay puntos que sobresalen más que otros en el trámite de ésta iniciativa.

 

El decano de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario, Antonio Aljure, habló en exclusiva con EL NUEVO SIGLO y contó sus impresiones sobre la iniciativa que para él no resuelve los problemas de congestión judicial que se presentan en el país.

 

Pero no todo es malo, entre los puntos que el académico defiende hay algunos que han generado bastante polémica, como el que le da atribuciones a notarios y abogados para ayudar a llevar procesos; o el de aumentar el periodo de los magistrados de 8 a 12 años, ya que según el decano estos tiempos dan estabilidad, seriedad y da al país una jurisprudencia estable.

 

EL NUEVO SIGLO: ¿La reforma a la justicia si ayuda a superar las falencias que tiene la rama?

ANTONIO ALJURE:Una reforma a la justicia puede entenderse de varias maneras. Una es aquella que tiene que ver con modificaciones acerca de los nombramientos de las altas Cortes y los juzgamientos de los altos funcionarios del Estado. Otra, puede ser aquella que se dedique exclusivamente a ver cómo se dicta más pronta y adecuada justicia. La reforma que es para obtener sentencias más rápidas y justicia más adecuada, yo pienso que esta no es la reforma.

Esta reforma se ocupa de otras cosas. No significa que en sí misma sea mala por esa razón. Pero si la pregunta es si la reforma ayuda a que haya una más pronta y cumplida justicia desde el punto de vista de los procesos judiciales a los que acuden los colombianos para obtener justicia, yo pienso que la respuesta es negativa.

ENS: ¿Qué es lo bueno y rescatable de la reforma?

AA:Tiene, en primer lugar, una cuestión absolutamente material que en sí misma es buena: que es que apropian un billón de pesos durante un quinquenio que se dedicaría a la justicia.

En segundo lugar, tiene el hecho de habilitar expresamente a abogados litigantes, notarios, centros de arbitraje para que impartan justicia, es decir, abre esa puerta que en sí misma disipa toda duda al respecto y es una posibilidad nueva que se abre para que haya más gente impartiendo justicia.

En tercer lugar, el regreso, si se conserva, a la cooptación para la escogencia de magistrados de la Corte Suprema y del Consejo de Estado. Es bueno, porque a mí me parece que era más sano el procedimiento de la cooptación para el proceso de selección de magistrados de la Corte Suprema y del Consejo de Estado y la supresión de la ingerencia política en esos nombramientos.

La doble instancia para el juzgamiento de congresistas que era una pretensión del Congreso, que parece justo que un congresista tenga derecho a apelar ante otro organismo o ante un superior jerárquico para que revisen el caso y yo creo que en esencia eso es lo más rescatable de la reforma.

ENS: Ha sido polémico el punto de darle poder en la justicia a notarios y abogados. ¿Por qué rescatarlo?

AA:Son dos concepciones filosóficas al respecto. Un grupo de personas piensa que la justicia es una atribución soberana del Estado y que por lo tanto es indelegable. En otras palabras: solo los jueces que ejercen permanentemente esa función creen que pueden administrar la justicia. Digamos que esa visión es absolutamente soberana y corresponde a esa filosofía.

Otra visión es la que les abre a otro tipo de personas o de funcionarios la facultad de administrar justicia.

Yo pienso que esta segunda posición es la más sana porque, en primer lugar, el hecho que haya nuevas personas o nuevas entidades para administrar justicia no debe entenderse como algo que va a suplir o desplazar a los jueces del Estado, debe entenderse como la intervención de notarios, abogados en ejercicio, centros de arbitraje, en términos cuantitativos va a ser marginal frente al alud de procesos que se inicia todos los años en Colombia y que con los debidos controles y el recurso que tiene previsto para las decisiones que tomen esas personas yo pienso que no tiene ningún problema en adoptarse constitucionalmente.

ENS: ¿Qué puntos excluiría de la reforma a la justicia?

AA:Por ejemplo, hay un punto en particular y es el hecho de que la administración del Sistema de Justicia en Colombia esté regulada por una sala de Gobierno, que haría como una especie de Ministerio de Justicia en ese aspecto en particular, después una Sala Ejecutiva, que depende de la Sala de Gobierno, y después un director ejecutivo. Esa estructura para la administración de la Justicia adolece de una falla grave y es que los presidentes de las altas Cortes integrarían la Sala de Gobierno, pero como ellos tienen un período de un año, entonces la salida de ellos al año va a generar una inestabilidad tanto en la Sala Ejecutiva como en el Director Ejecutivo, entonces eso va en contravía de una administración permanente con largo plazo, con visión, con horizonte. Aquí esta estructura tripartita se va a ver afectada por los cambios anuales de los presidentes de las altas Cortes.

ENS: ¿Es conveniente que se prolongue de 8 a 12 años el período de los magistrados del país?

AA:Yo pienso que los periodos largos de magistrados son buenos porque dan estabilidad, da seriedad, da líneas de conducta, da jurisprudencias estables. De hecho en Estados Unidos los jueces de la Corte Suprema son vitalicios, pero este sistema de un periodo largo, en sí mismo, a mí me parece bien. Lo malo en la percepción política es que pueda verse como una negociación de la Rama con el Gobierno para cambiar o modificar otros aspectos de la reforma, pero eso ya es una visión política.

ENS: Dicen que hay un cruce de favores o de ‘contentillos’ entre el Gobierno, las altas Cortes y el Congreso para esta reforma. ¿Usted qué opina?

AA:En eso hay que ser, por un lado, realista. Todo proceso de reforma a la justicia es consecuencia de debates, de discusiones y en ese sentido todos los proyectos que finalmente llegan a ser aprobados son consecuencia de un conjunto de negociaciones en las que se obtiene esto.

La negociación en sí misma no es mala. Lo malo de una negociación es que se haga por el móvil de conceder unas cosas que uno en conciencia no quisiera conceder por obtener un beneficio. Pero la negociación es consustancial a la vida democrática y a la actividad legislativa y de los actos legislativos.

ENS: ¿La autonomía de la Rama se va a ver afectada con la Reforma?

AA:No creo, yo pienso que esto no sé si acreciente la autonomía, pero por lo menos no va en desmedro de esa autonomía.