El Ministro reitera que el proyecto ni se hizo a medida de los congresistas y que éstos si podrán ser apresados. Dice que Comisión de Aforados no será ‘comisión de absolución’. Defiende delegación de facultades en abogados y notarios, y advierte que la burocracia que vendrá, será magnífica
Cual escudero, al ministro de Justicia, Juan Carlos Esguerra, le ha tocado defender a capa y espada el proyecto de reforma a la Justicia, que fue aprobado en octavo y último debate la semana pasada y que mañana, una vez salga de la instancia de conciliación entre Senado y Cámara, quedará listo para sanción presidencial.
La iniciativa ha estado siempre marcada por la controversia. Lo estuvo desde el mismo momento en que llegó al Congreso. Luego cuando le tocó al propio presidente Santos ponerse al frente para alcanzar un consenso con las altas Cortes. Después tuvo que soportar la ‘rebelión’ de los presidentes de los máximos tribunales y un alud de críticas de distintos sectores de la academia y otros sectores jurídicos. Vendría a paso seguido toda la controversia por la inclusión en su articulado de un artículo sobre el fuero militar, que finalmente fue excluido. Se sumarían después largas discusiones sobre presuntos contentillos a magistrados y congresistas para que apoyaran el proyecto… Y aunque superó todos esos escollos y logró completar el jueves pasado su octavo debate, lo cierto es que la iniciativa sigue en el ojo del huracán y una vez sea sancionada será objeto de denuncias de inexequibilidad ante la Corte Constitucional.
El ministro Esguerra es quien le ha puesto el pecho a las críticas e insiste en defender las bondades de la iniciativa, aunque en los pasillos del Congreso, los analistas y la academia se insiste en que al Ejecutivo le tocó tragarse más de un sapo a cambio de poder sacar avante esta reforma.
EL NUEVO SIGLO: -¿De uno a 10, cómo calificaría la reforma?
JUAN Carlos Esguerra:-Yo no estaba encargado de la tarea de calificar la reforma, sino de ayudar a tramitarla y, por consiguiente, aprendí como catedrático de las universidades que no está bien que uno califique a aquellas cosas que uno mismo hizo. Yo calificó las cosas que hacen otros, es decir los exámenes de mis alumnos, pero no lo haría en un examen mío, ni tampoco un examen de algunos de mis hijos. Y en esta oportunidad quisiera conservar ese mismo principio.
ENS: ¿Voces del Polo advierten que la Corte Constitucional no puede hacerle control de exequibilidad a esta reforma, pues la misma beneficia a los actuales magistrados?
JCE:-En el caso concreto de las reformas constitucionales, ese control verifica que no haya vicios de forma en la tramitación, ni vicios de procedimiento en la misma. También puede hacerse, según lo ha establecido en la jurisprudencia de la propia Corte, un control de fondo relacionado con el riesgo de que pudiera haber no una reforma constitucional, sino una sustitución de la Constitución. Si considera que la reforma fue más allá de lo que debió ser una reforma y terminó siendo una sustitución de la Constitución, pues seguramente la declararían inconstitucional. Pero su control es un control jurídico, le repito, relativo a temas de forma y relativo excepcionalmente a temas de fondo. Yo espero que esos trámites los pase esta iniciativa. Ha sido tramitada con mucho cuidado, con esmero, cumpliendo los requisitos que establecen las normas.
ENS:- Los críticos insisten en que esta iniciativa fue hecha a la medida de los congresistas ¿Qué responde?
JCE:-Esa es una afirmación con un sentido peyorativo que tengo que rechazar, no es así. Es una reforma que ha sido hecha fundamentalmente en beneficio de la República de Colombia, en beneficio de Justicia, y en beneficio de principios postulados que son propios de la Justicia.
En el caso de los congresistas le diría que fundamentalmente de lo se trata es de reconocerles unas garantías de las que gozamos todos los colombianos y que se habían quedado dentro del tintero en la Constitución de 1991. Habló del principio de la doble instancia que tenemos todos, el principio de separación cuando se trata de una investigación o de un juicio penal, es decir separar la investigación y el juzgamiento. Eso es lo más gordo que hay en relación con los congresistas en la Constitución. Entonces uno diría: ¿En beneficio de los congresistas? Pues sí, eso los beneficia, pero más que los beneficia, les reconoce las mismas garantías que tenemos el resto de los mortales.
Por otro lado, hay algunas normas que también tienen que ver con el Congreso que se relacionan con la forma como se van adelantar esos juzgamientos. Vea usted la delicadeza del Gobierno y del Congreso que en esa materia hemos obtenido aporte de sugerencias provenientes de la propia Corte Suprema de Justicia, que es el juez penal de los congresistas, para que ellos ayuden al diseño del sistema de juzgamiento penal, adecuándolos a esos planteamientos que le mencioné. Entonces con la creación de la Sala de Investigación -que será parte de la Corte Suprema de Justicia-, con la creación de la Sala de Juzgamiento en primera instancia -que será parte de la Corte Suprema de Justicia-, y con la creación del esquema de la segunda instancia, que en últimas resolverá la Sala Plena de la Corte Suprema, se garantiza la transparencia de ese procedimiento y la buena voluntad de quienes hemos participado en esto, en el deseo de acertar y no de beneficiar a alguien en el sentido peyorativo que puede tener la expresión.
ENS:- También hay voces que dicen que los congresistas ahora no llegarán a la cárcel por los delitos cometidos…
JCE:-Por supuesto que no es cierto. Claro que llegarán, pero si llegan a ser condenados y podrá privárseles preventivamente de la libertad a partir de la resolución de acusación que se dicte al culminar la investigación inicial. Es una cosa que comparablemente equivale a la situación que tenemos los colombianos de a pie. Porque los colombianos solo excepcionalmente podemos ser privados de la libertad con el sistema acusatorio actual, mientras los congresistas tienen el tradicional inquisitivo de la ley 600. En ese es mucho más amplia la posibilidad de que preventivamente lo priven a uno de la libertad.
ENS:- Otra de las críticas más reiteradas es la que advierte que con esta reforma se privatiza la Justicia ¿Tienen razón?
JCE:-Por supuesto que no. Esa es otra de las frases críticas que se han venido expresando, de que ‘privatizan la justicia’ y que ‘acaban con la independencia de los jueces’. A nadie se le ocurriría una cosa semejante, ni al Gobierno, ni a ninguno de sus funcionarios, ni a mí como abogado que soy de toda la vida. Tengo perfectamente claro que la administración de justicia es una función esencial del Estado, así lo tendrá que ser, al margen de que, para efectos de determinadas tareas, pueda el Estado servirse del concurso de personas que le pueden ayudar a eso.
Podrá decir alguien que el arbitraje significó la privatización de la justicia, y hay quienes lo dicen, y en el Congreso lo volvieron a decir algunos congresistas del Polo. ¿Se ha privatizado allí la justicia? A nadie le impresiona eso, y es magnífica justicia y muchos de los mecanismos alternativos de solución de conflictos que se ponen en práctica en el mundo implican la utilización de gente que formalmente no tiene la condición de juez y eso no implica privatizar la justicia.
ENS:- ¿Después de la aprobación de esta reforma, quedó planteado un ‘choque de trenes’ entre las Cortes?
JCE:-Yo no lo veo, por el contrario todo esto sirve para ir resolviendo los ‘choques de trenes’ entre los tribunales, entre los tribunales y el Congreso y, eventualmente, con el Gobierno. Por el contrario creo que esto es muy positivo.
El rol de los abogados
ENS:- ¿No se corren riesgos al dar muchas capacidades jurisdiccionales a los abogados?
JCE:-Se las han dado históricamente, o si usted prefiere decirlo, se nos han dado históricamente, y no hemos sido inferiores a ellas. Cuando a los abogados se les ha confiado la posibilidad de administrar justicia como árbitros no han sido inferiores a esa atribución de facultades; cuando a los abogados se nos pide en algunos casos que actuemos como conjueces de las altas Cortes para resolver aquellos casos en los cuales uno de los magistrados se declaró impedido y hace falta que alguien haga su labor en un determinado proceso, los abogados conjueces no hemos sido inferiores a esas circunstancias. De manera que no veo porque vayamos a ser inferiores a esas circunstancias cuando lo que se pide es que ayuden en cumplimiento se ciertas tareas fundamentalmente de apoyo en causas menores.
La gente no se quejaba cuando en Colombia existía un sistema según el cual las personas que aspiraran a ser abogadas tenían que pagar por la judicatura obligatoria, es decir administraban justicia como jueces. Casi, si se quiere, niños recién salidos de las facultades de Derecho y nadie se rasgaba las vestiduras por cuenta de eso, y cumplieron una tarea encomiable e importante porque administraron justicia en los rincones más apartados del país.
Aquí estamos hablando, no de abogados recién salidos de las facultades, sino que se acudirá a los experimentados, por supuesto no para que vayan a ser jueces en asuntos que ellos puedan tener interés, que es lo que algunos critican. Desde luego a nadie se le ocurriría una tontería de esas. Es para que puedan ayudar como jueces adjuntos a ir descongestionando los despachos judiciales, en donde hay dos millones y medio de procesos pendientes y en donde normalmente en Colombia se demoran 10 años en decidirse y el ciudadano quiere que exista una Justicia pronta.
ENS:- ¿Cómo se escogería a estos abogados?
JCE:-La ley tendrá que establecer los detalles de la forma en que se escogerán. Pero en principio le puedo decir cosas que resultan lógicas y, por consiguiente, casi ni habría que decirlas: entre los mejores, los más experimentados y los más confiables.
ENS:- Algunos notarios, por medio de cartas enviadas al Congreso, han dicho que no se sienten capacitados para asumir funciones jurisdiccionales, ¿Qué piensa de eso?
JCE:-No los escuché que lo hubieran dicho cuando las sucesiones y liquidaciones de sociedades conyugales. No veo porque se vayan a sentir no capaces y, sí se sienten así, habrá que preguntarse si son capaces de desempeñar las tareas propias de las notarías, y entonces veremos qué determinación tocaría tomar sobre el particular.
¿Demandas?
ENS:- ¿Los magistrados del Consejo Superior de la Judicatura podrían demandar a la Nación porque no se les permitió terminar su periodo?
JCE:-Podrían eventualmente tomar la determinación de demandar, es un derecho que tienen los ciudadanos, esperemos a ver qué pasa.
ENS:- ¿Esta reforma no cambia una burocracia por otra burocracia?
JCE:- Esa es una apreciación que parece una afirmación peyorativa. Pero lo mismo podría decirse de cualquier cosa en materia de los grandes cambios políticos en el mundo. Si se pasa de un reinado a una república no es cambiar una burocracia administrativa por otra burocracia administrativa. Pues eso se puede decir, pero son dos cosas distintas. Puede que de alguna manera implique cambiar una burocracia por otra, si usted quiere, pero ¡qué cosa tan distinta una burocracia de la que ha de venir!
ENS:- ¿Y cuál es esa burocracia que se aproxima?
JCE:- Una magnifica, ya verá.
Los aforados
ENS:- ¿La Comisión de Aforados no correrá el peligro de convertirse en una Comisión de absolución?
JCE:-No creo, por la experiencia que se ha tenido con la Comisión de Acusación. Porque se ha aprendido la lección de aquello que no puede ser. Y lo que no debe ser es entregarle a un solo organismo funciones de naturaleza distinta, que fue lo que afectó a la Comisión de Acusaciones, que no es intrínsecamente mala. La Comisión de Acusación tiene el inconveniente de que era una comisión que le decían maneje estos asuntos jurídicos de carácter penal, más estos de carácter disciplinarios, más estos de carácter político, manéjelos en un mismo tarro y con unas reglas que, por lo general, eran jurídicas y, además, con Representantes que no eran abogados. Lo que se hace es una Comisión de Aforados, que se va a crear especializada, técnica, preparada, pero la idea es que sea muy distinta y, además, lo que se quiere es que se dedique simplemente al tema del juicio político. Es decir, a mirar la denuncia qué naturaleza tiene y a quién le corresponde. Si se trata de una cosa de naturaleza política, va para la Cámara de Representantes, pero si son de carácter penal debe ir a la Comisión de Investigación de la Corte Suprema de Justicia. De modo que en el fondo lo que se cambia implica el haber tomado la determinación de que el Congreso, salvo el caso excepcional del Presidente de la República, no ejercerá funciones jurisdiccionales.
Impacto
ENS:- ¿En qué medida beneficia esta reforma a los ciudadanos de a pie?
JCE:-Uno, por el lado del acceso a la justicia. Cuando se obliga a que en cada municipio del país haya por lo menos un juez, estamos llevando justicia al 10 por ciento de los municipios que no tienen un juez y, por consiguiente, sus habitantes no tienen acceso a la justicia, Y si no lo tienen, no pueden dirimir sus diferencias, sus controversias, sus derechos ante un juez, salvo que se desplacen bastante lejos. Lo propio hay que decir con cinco departamentos en los que no hay tribunales. Eso ya es una revolución en materia de acceso a la justicia. Expresamente están exceptuados los temas penales, los temas contenciosos-administrativos y los temas de acciones constitucionales. Eso no se puede tocar y, además, cuando se toquen determinaciones finales por uno de estos funcionarios, siempre habrá la posibilidad de una revisión ante un juez. De manera que eso servirá para descongestionar.
ENS:- ¿En qué medida se disminuirán los índices de impunidad?
JCE:-Yo no diría que disminuye la impunidad de una manera estadísticamente notable, porque este no es su propósito. Esta es una reforma constitucional, no legal. Sobre las reformas legales ya hablaremos, hay muchas cosas que hemos avanzado que también forman parte de la revolución de la justicia. Esta semana salió aprobado el Código General del Proceso, también salió la ley de Arbitraje nacional e internacional, que nos coloca a la cabeza del mundo en lo que hay en esta materia. Pero en contra de la impunidad, diría más bien en asuntos que son más cualitativamente importantes, que cuantitativamente significativos, que son aquellos casos que están atascados en la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes, y en relación con esos procesos habrá unos trámites, unas investigaciones y unas decisiones.