La discusión del proyecto en la plenaria del Senado desnudó no pocas falencias e interrogantes sobre sus alcances y utilidad real y efectiva. Las polémicas puntuales y las profundas evidencian falta de consenso sobre un asunto tan importante.Informe
“No solo es una colcha de retazos, sino que cada comisión o plenaria, en su respectivo turno, descose lo que ya venía y aplica remiendos por todos los lados”.
Esa fue la descripción que uno de los más veteranos senadores le hizo a un periodista de EL NUEVO SIGLO esta semana tras ser interrogado sobre cómo veía el proyecto de reforma al equilibrio de poderes que fue aprobado en sexto debate en la plenaria de esa corporación y que ahora pasa a la Cámara de Representantes, en donde tendrá que surtir sus últimos dos debates para convertirse, antes del 20 de junio, en una nueva modificación a la Constitución.
Aunque el ministro del Interior, Juan Fernando Cristo, defendió el articulado que fue aprobado en la plenaria del Senado, lo cierto es que la iniciativa no hizo más que sumar peros y reservas en las últimas dos semanas.
De entrada, algunos de los más importantes aspectos del proyecto, al menos para el Ejecutivo, quedaron por el camino al no alcanzar las mayorías calificadas para ser aprobados o ser votados negativamente por más de la mitad de los senadores.
Fue el caso de la intención de acabar con el voto preferente y las listas abiertas de candidatos a Congreso, asambleas, concejos y JAL. El artículo que proponía optar por las listas cerradas fue derrotado por el voto de la mayoría de los congresistas, encabezados por la coalición santista y el conservatismo. Tampoco logró pasar el artículo para darle cuatro curules en el Senado a los departamentos de los llamados antiguamente “territorios nacionales”, intendencias o comisarías. Tanto las listas cerradas como el avanzar en materia de “senado regional” eran banderas del Gobierno en este proyecto pero sus mayorías no le jalaron al asunto.
Otro de los artículos polémicos que se quedó por el camino fue el que abría la posibilidad de que los parlamentarios pudieran renunciar a sus cargos y ser nombrados de inmediato ministros, embajadores y en otros altos cargos públicos, o incluso postularse a gobernaciones y alcaldías. La norma, cuestionable desde todo punto de vista y que según los críticos daba paso a la politiquería, no alcanzó los 51 votos para su aprobación, ya que varios senadores admitieron que no se podía en el mismo proyecto que se le están poniendo limitaciones a los exmagistrados para que litiguen ante la alta corte que integraban, abrir semejante beneficio para los congresistas. Aun así se dice que un grupo de parlamentarios tratará de resucitar el artículo en los últimos dos debates en la Cámara, una maniobra que genera dudas jurídicas de fondo.
Grandes dudas
Paradójicamente los mayores peros al proyecto de reforma de equilibrio de poderes no se refieren a los artículos, buenos o malos, que no pasaron en el sexto debate, sino a los que avanzaron al séptimo, dando a entender, según las voces críticas analistas, entre las que se cuentan desde el Consejo de Estado y la Fiscalía hasta la academia y otros sectores políticos, que al final de cuentas podría terminar siendo peor el remedio que la enfermedad.
Se aprobó que el siempre polémico Consejo Superior de la Judicatura sea reemplazado por el Sistema Nacional de Gobierno y Administración Judicial, que tendría un órgano plural de 9 miembros, con representantes de todos los sectores de la Rama Judicial y cuya función será trazar las directrices de la Rama. También habría una Junta Ejecutiva con dos gerentes: uno que administrará el presupuesto y las instalaciones, y otro, denominado Director de la Magistratura, que administrará el recurso humano y la carrera judicial.
Para no pocos analistas, juristas y congresistas, esa nueva arquitectura no sólo tendría problemas de funcionabilidad en el día a día de la Rama, sino que podría terminar siendo una especie de ‘torre de babel’ al mando, con todo lo que ello implica.
Otra de las grandes columnas vertebrales del proyecto, la referente al Tribunal de Aforados, también logró pasar a séptimo debate pero cada día genera más dudas y reservas. La arquitectura básica continúa siendo la misma: cinco magistrados que tendrán que investigar y acusar al Fiscal General, al Contralor General, el Defensor del Pueblo, el Procurador General de la Nación y los magistrados, aunque hubieren cesado en el ejercicio de sus cargos. Los juristas serán elegidos desde el comienzo por el Congreso tras una convocatoria pública de la Rama Judicial. Deberán investigar y acusar a los aforados ante la Corte Suprema de Justicia si incurrieron en delitos, o acusarlos por indignidad ante el Congreso en pleno, que podrá suspender o destituir a los sindicados.
De entrada, por ejemplo, el fiscal Eduardo Montealegre no dudó en advertir que ese tribunal está destinado al fracaso y que sería un “elefante blanco”. Otras opiniones críticas sostienen que mientras el Congreso intervenga directa o indirectamente en la elección de los magistrados, la independencia de éstos para investigar y juzgar seguirá siendo limitada. También persisten las voces que indican que debería crearse una Fiscalía delegada para los aforados, sin tener que acudir a un nuevo tribunal y otros engorrosos mecanismos.
A ello hay que sumarle la polémica sobre la inclusión del Procurador General entre los aforados, o el haber igualado el fuero del Vicepresidente de la República al del Jefe de Estado. Esos dos temas no sólo generaron fuertes choques de criterios en la plenaria, sino que fisuraron a la coalición de Unidad Nacional, al poner a La U, Cambio Radical y liberales en orillas distintas, sin que el ministro Cristo tuviera mayor margen de maniobra.
También quedó claro que el tema de las inhabilidades que se les impondrá a los exmagistrados para que antes de cinco años no puedan volver a litigar ante la alta corte que integraron, sigue generando muchas dudas. De un lado están quienes insisten en que ese lapso es muy largo y atenta hasta contra el derecho al trabajo de los juristas. Y, de otro, hay voces calificadas que sostienen que, en la práctica, los exmagistrados sí litigarán, pero en “cuerpo ajeno”, ante los máximos tribunales, lo que le quita efectividad a la prohibición.
Hasta el fiscal Montealegre –que terminó inmerso en un escándalo por un lobby de una de sus delegadas para que al titular del ente acusador no se le fuera impuesta tal restricción– fue enfático en oponerse: “La propuesta de introducir una inhabilidad de cinco años para los magistrados de las altas Cortes es una inhabilidad desproporcionada que afecta sensiblemente a las funciones de la justicia, que afecta sensiblemente derechos constitucionales; me parece que es absolutamente desproporcionada (…) porque en este momento tanto el Fiscal General como los magistrados de las altas Cortes tenemos una inhabilidad de dos años para ejercer nuestra profesión ante la entidad a la cual estamos sirviendo”.
No menos controversiales continúan siendo los artículos que apuntan a quitarle a las altas Cortes el poder de ternar o elegir a los organismos de control, ya que más allá de los nuevos mecanismos que se determinan en la iniciativa, en perspectiva queda en evidencia que las facultades nominadoras que se les retiran a los máximos tribunales terminan recayendo, directa o indirectamente, en el Congreso o la propia Presidencia de la República, generando así, no un equilibrio de poderes, sino un desequilibrio a favor del Legislativo y el Ejecutivo, en detrimento del Judicial.
Los cambios en la escogencia del Contralor General así como en la de los contralores regionales han despertado ya las alarmas en torno a si, como se dijo al comienzo, no es peor al remedio que la enfermedad, al dar preponderancia al Congreso, las asambleas y los concejos en ese proceso, abriendo un posible boquete a la politización del control fiscal.
Hasta dejar en cabeza de la Corte Constitucional la facultad de dirimir los conflictos de competencia entre la Justicia Penal Militar y la Justicia Ordinaria generó una controversia pues todavía no existe claridad meridiana respecto a si conviene o no tal modificación.
¿Cuestión de ópticas?
Pero la cuestión no termina ahí, pues lo que para algunos senadores representa un gran avance en materia constitucional, para otros dejan dudas tan grandes y obvias que preocupa que semejante tipo de interrogantes no se hayan solventado en una reforma a la Carta que lleva más de nueve meses en discusión y está a dos debates de aprobarse.
Un ejemplo muy ilustrativo puede ser lo que pasa con la inclusión paritaria de las mujeres en las listas a cuerpos colegiados. Para la senadora Claudia López, de la Alianza Verde, el sí a las llamadas “listas cremallera” es histórico pues evidencia la “aprobación de los principios de universalidad, paridad y alternancia para asegurar la adecuada representación política de la mujeres en la conformación de listas de los partidos a corporaciones públicas, es decir, Congreso, asambleas y concejos. Este logro fue posible con el apoyo de las congresistas de todas las bancadas y organizaciones sociales y de mujeres”.
Pero sobre el alcance del mismo artículo hay dudas, como aquella manifestada por el expresidente y hoy senador Álvaro Uribe. “¿Cómo se va a manejar la lista paritaria con las mujeres en la lista abierta (…)? ¿Si una lista saca diez curules, se reparten cinco entre las mayores votaciones de mujeres y cinco entre las mayores votaciones de varones? No hay claridad”, dijo.
Es tal el accidentado trámite de esta reforma que ya no pocos apuestan a que el texto real y definitivo de la misma sólo se definirá hacia el final del año o en 2016, cuando la Corte Constitucional emita su fallo sobre la exequibilidad (desde el punto de vista de forma) de la iniciativa. El alud de denuncias sobre vicios de trámite por violar los principios de consecutividad, unidad de materia y otros aspectos clave de la Ley Quinta (reglamento interno del Congreso) se traducirá en junio entrante en un número significativo de denuncias ante la Corte.
Lo rescatable
Obviamente no todo es malo. Por ejemplo, la prohibición de la reelección, no sólo la presidencial, sino en las tres ramas del Poder Público, es un artículo que ha avanzado sin mayor problema.
Igual ocurre con lo relativo al aumento de las calidades y experiencia para ser magistrado, propuesta que tras el reciente escándalo en la Corte Constitucional no ha tenido la oposición ni la capacidad de lobby que en anteriores reformas hicieron los máximos tribunales. Tampoco se han presentado mayores peros a los artículos que acaban con la “puerta giratoria” para evitar que los magistrados salten de una alta corte a otra.
Asimismo, no se puede negar que ha existido un apoyo cerrado al artículo que plantea extender la sanción política de “silla vacía” a los congresistas, diputados y concejales que estén siendo investigados formalmente por delitos de corrupción y contra la administración pública.
De otro lado, el sí a que los partidos pequeños puedan hacer coaliciones para listas a corporaciones públicas fue entendido por varios sectores como un avance hacia la inclusión política de las minorías.
También ha sido de buen recibo el otorgamiento de curules para los candidatos que queden segundos en las elecciones presidenciales, a gobernaciones y a alcaldías, así como la implementación de la meritocracia para conformar las listas de elegibles para algunos cargos.
¿Lo que se buscaba?
Sin embargo, más allá de la discusión puntual sobre los alcances de cada artículo en particular, subsiste un debate aún más importante y profundo referido a si esta es, verdaderamente, la reforma que el país y la situación institucional urgen.
El duro pronunciamiento del Consejo de Estado en contra varios de los principales aspectos de la iniciativa, hablando incluso de riesgos de sustitución de la Constitución y pidiendo hasta la intervención del Relator para la Independencia de la Justicia de la ONU, ponen de presente que el proyecto deja muchos vacíos en la parte estructural, al terminar siendo una mezcolanza de cambios políticos, judiciales y electorales, muchos marcados por la improvisación, la coyuntura y el vaivén de los intereses de los parlamentarios, el Gobierno y hasta de las propias altas Cortes y los titulares de los entes de control.
El hecho de que hoy voces calificadas digan que esta no es la reforma política, judicial ni electoral, integral y profunda que se esperaba, no hace más que confirmar que la iniciativa de equilibrio de poderes terminó siendo, como decía el senador consultado, una “colcha de retazos” que se cose y descose debate tras debate, sin coherencia alguna.