Desde el comienzo de la semana en altas esferas gubernamentales se tenía una alta certeza de que la reforma al fuero penal militar estaba pendiendo de un hilo en la Corte Constitucional. Sin embargo, se esperaba que el vicio de forma detectado llevara a que el bloque mayoritario de los cinco magistrados se inclinara a última hora por devolver el acto legislativo al Congreso para subsanar el error de trámite. Nunca se pensó que la iniciativa se caería definitivamente, dadas las implicaciones que tendría un fallo tan drásticamente adverso.
Optimismo fallido
El optimismo gubernamental también se sustentó en que estaban haciendo cola otras dos demandas en torno del fuero militar. De un lado, una demanda que se dirigía al fondo del articulado, bajo la tesis de que hubo una sustitución de la Constitución al aprobarse el acto legislativo, especialmente porque se contrariaba el bloque de constitucionalidad que se conforma al sumar los artículos de la Carta con los tratados internacionales suscritos y ratificados por Colombia. Según los demandantes, la reforma al fuero claramente iba en contra de lo dictaminado en varios tratados de derechos humanos y hasta del Estatuto de Roma.
Segundo flanco
Y, de otra parte, también estaba para examen de constitucionalidad la ley reglamentaria del acto legislativo, que se presentó en marzo al Congreso y fue aprobada en junio. Por su carácter estatutario esta ley debía tener revisión previa de la Corte Constitucional. “… Dado que tanto en la demanda por inconstitucionalidad del acto legislativo como en el examen a la ley estatutaria la Corte tenía la oportunidad de pronunciarse sobre el fondo de los ajustes al sistema de investigación y juzgamiento de los militares y policías, siempre se pensó que la Corte no tumbaría, por vicios de forma, la reforma, sino que buscaría sentar jurisprudencia profunda sobre un tema tan delicado y sobre el cual era necesario unificar la doctrina constitucional”, precisó una alta fuente del Ejecutivo.
Preferían el fondo
La sorpresa sobre la drástica decisión de la Corte Constitucional, que se dirimió a lo último por un cerrado 5-0, también fue para varios de los demandantes, los cuales preferían que el vicio de forma sólo obligara a devolver el acto legislativo al Congreso para ser corregido. “… Lo que esperábamos era un pronunciamiento de fondo sobre los alcances de la justicia penal militar, ese era nuestro verdadero objetivo porque estamos convencidos que a la luz de la jurisprudencia de la propia Corte el acto legislativo no habría pasado el examen de exequibilidad…”, precisó un vocero de una ONG de derechos humanos, que pidió la reserva de su nombre.
No más 5-4
Una vez más se habló ayer en el Congreso de proyectar una reforma a la Corte Constitucional en la que quede establecido que los fallos deben tomarse por mayoría calificada y no por el tantas veces repetido 5-4. La propuesta, según conoció EL NUEVO SIGLO, se dirige a que la mayoría simple sería sólo para asuntos de leyes y decretos, pero en temas constitucionales siempre se exigiría, como mínimo, un 6-3. Incluso se tienen ya estudios comparativos con altas cortes o tribunales de cierre en otros países.