El Consejo de Estado negó los recursos interpuestos contra las decisiones de la Corporación que decretaron las pérdidas de investidura de los congresistas Iván Díaz y Jaime Cervantes.
En el caso de Díaz, la Sala Plena declaró infundado el recurso de revisión interpuesto contra el fallo de pérdida de investidura, por considerar que hubo violación al del debido proceso, tal como lo alegaba el actor, sino que éste pretende refutar las consideraciones de la sentencia, lo cual no se puede hacer en una solicitud de revisión.
En su decisión, la Corporación recordó que este recurso es extraordinario y constituye una excepción al carácter de cosa juzgada, por lo que excluye los argumentos que no se ajusten a las causales señaladas en la ley y no permite discutir el fondo del asunto por no ser una nueva instancia.
Con respecto al ex-representante Cervantes, la Sala Plena negó la solicitud de aclaración y adición de la sentencia del 16 de octubre del 2012 mediante la cual se decretó su pérdida de investidura.
Según el alto tribunal, no había lugar a la aclaración y adición del fallo, porque no hay puntos dudosos sobre los cuales se deba manifestar ni existieron puntos sobre los cuales se omitió el pronunciamiento del juez.