Un blindaje en materia jurídica al procurador fue propuesto por el senador Eduardo Enríquez, del Partido Conservador, para que sea incluido dentro de la reforma de equilibrio de poderes, al final del quinto debate en la Comisión Primera del Senado.
Lo que se propone es darle la misma protección judicial de los aforados al jefe del Ministerio Público, quien actualmente de acuerdo a la Constitución puede ser investigado y procesado por la Corte Suprema de Justicia.
Según la propuesta, el procurador como cabeza de un ente de control debe contar con seguridad jurídica para el despliegue de sus actividades. El promotor de la propuesta dijo a varios medios de comunicación que no es posible darle fuero al fiscal y no darle la misma condición al procurador.
Cabe recordar que el fuero especial está propuesto por una parte para el presidente, el vicepresidente y los integrantes de la comisión de aforados, y por otra para el fiscal y los magistrados. En el primer caso, la investigación la hará una comisión accidental de la Cámara; en el segundo la investigación la hará la comisión de aforados. En ambos casos, la acusación se presentará ante el senado se trata de hechos de indignidad, o se trasladará a la Corte Suprema se hay delitos.
Hay que señalar que el tema de la comisión de aforados ocupó la atención de los legisladores de las distintas bancadas con asiento en la comisión de asuntos constitucionales, al que se sumó la apertura de cuatro curules que le otorgará el Senado a los departamentos que no cuentan hoy con legisladores en la cámara alta.
Dentro del orden del día estuvo también la eliminación del voto preferente y la lista cerrada de los partidos. "El acto legislativo de equilibrio de poderes, es un ajuste institucional significativo. Que ha contado con una amplia discusión dentro y fuera del Congreso", sostuvo el coordinador del grupo de ponente de la iniciativa Hernán Andrade, del Partido Conservador.
La semana pasada quedó plasmado en el proyecto que los magistrados de las altas Cortes y el fiscal general “serán responsables por cualquier falta o delito cometido en el ejercicio de sus funciones”.
El artículo aclaró que “no podrá exigírseles, en ningún tiempo, responsabilidad por los votos y opiniones emitidos en las providencias judiciales proferidas en ejercicio de su autonomía funcional y dentro del imperio de la ley”, precisando que tendrán responsabilidad cuando favorezcan “indebidamente” intereses “propios o ajenos”.
Los congresistas de la Comisión acogieron por unanimidad la propuesta de la senadora Vivian Morales, del Partido Liberal, para modificar el artículo 178-A, aunque la redacción final correspondió a una proposición de la senadora Claudia López, de la Alianza Verde, quien explicó que “la palabra inviolabilidad generaba muchas inquietudes porque se prestaba a la interpretación”.
Morales había denunciado que había un verdadero orangután que consagraba la “inviolabilidad judicial” para los magistrados de las altas Cortes y el fiscal general.
“Para mí es muy grato y celebro enormemente que el debate que se ha dado después de mi denuncia llevara a que los ponentes y el Gobierno echaran atrás ese esperpento de la inviolabilidad judicial que contenía el artículo 178-A y que convertía a los magistrados intocables”, precisó, destacando que es loable el debate dado en torno al tema porque llevó a la reflexión y a que se le diera un giro de 180 grados a la manifiesta inviolabilidad.
Para Morales era inaudita la inviolabilidad de dichos funcionarios porque con esto se permitía la irresponsabilidad absoluta de las decisiones judiciales que tomaran, pues aunque dictaran una providencia manifiestamente contraria a la ley, configurándose un prevaricato, o injusta, con lo que habría un abuso de autoridad, no podían ser investigados, juzgados y menos condenados.