Con el argumento de defender los derechos políticos terminaría premiándose la participación en procesos electorales. Así lo sostiene la Procuraduría General de la Nación, al hacer algunos cuestionamientos frente a la reforma política que se estudia a partir de hoy en el Congreso.
Dice el Ministerio Público que por ejemplo el artículo 1 del proyecto de reforma política somete al grado jurisdiccional de consulta las decisiones no judiciales que en materia de inhabilidad comprometan a servidores públicos de elección popular y consecuencialmente del artículo 14, fija la competencia del juez administrativo para resolver dicho recurso.
“Adoptar normas como las enunciadas, además de innecesario por cuanto no se requieren para el cumplimiento del Pacto de San José, resulta lesivo de las competencias constitucionales atribuidas a la Procuraduría y a la Contraloría, generando más trámites y congestión judicial, a la vez que mandan un mensaje erróneo a la sociedad, pues con el argumento de defender los derechos políticos terminaría premiándose la participación en procesos electorales, de quienes han sido sancionados por violar la ley y afectar el patrimonio público”, considera la Procuraduría, según la fuente consultada.
Señala la entidad que “regular los efectos de las decisiones que se adopten por los organismos constitucionales de control en relación con la conducta de los servidores públicos, es un asunto que no se ajusta al condicionamiento exigido por la Constitución Política, para que su consideración por el Congreso de la República se dé a través de la vía del denominado fast track”.
Recuerda que existe un claro pronunciamiento de la Corte Constitucional sobre la viabilidad de imponer medidas de inhabilidad como sanciones disciplinarias a servidores públicos de elección popular, sin que con ello se afecten normas internacionales.
“No se entendería cómo alguien elegido popularmente y sancionado por violar la ley o haberse apropiado de recursos públicos, alegando ejercer sus derechos políticos, pretenda acceder a un cargo de elección. Ello solamente sería viable si una decisión judicial deja sin efectos la sanción, pero someterla a una revisión automática de orden judicial, desnaturaliza el criterio de separación de poderes y coloca en riesgo el debido control que el Estado debe ejercer sobre la conducta de quienes cumplen funciones públicas”, sostiene el concepto de la Procuraduría.
Se cree que someter los efectos de las inhabilidades a consulta automática ante la jurisdicción contencioso administrativa, supone dilatar la aplicación de la medida correctiva, que en este caso entraña un componente de prevención, pues busca impedir que quien ha sido hallado responsable por atentar contra la moralidad administrativa o el patrimonio público, acceda a un cargo de elección popular, defraudando la confianza ciudadana y deslegitimando así al Estado.
“Una decisión así congestionaría aún más los despachos judiciales, dejando sin efectos prácticos la sanción de inhabilitación hasta que se pronuncie el órgano judicial”, se considera.
Conclusiones
Según la fuente consultada por este medio, la Procuraduría dice que “en conclusión las normas mencionadas de la reforma constitucional presentada por el Gobierno no cumplen la conexidad requerida para ser tramitados por la vía del denominado fast track; la Corte Constitucional se ha pronunciado de fondo sobre el contenido del Pacto de San José, en el entendido de que no es un obstáculo para la lucha contra la corrupción; el derecho a elegir y ser elegido es fundamental, pero como todo derecho, tiene límites en la Constitución y la ley; el afectado con una inhabilidad de orden disciplinario o fiscal, siempre puede acudir ante la jurisdicción contencioso administrativa, solicitando medidas cautelares, e inclusive, si el caso lo amerita, acción de tutela”.
“De lo que se trata es que personas que ya demostraron que incumplieron sus deberes y obligaciones en los cargos a los que fueron elegidos, y que, en tal virtud fueron objeto de fallos disciplinarios o de responsabilidad fiscal, no puedan acceder, sin más ni más, a ser nuevamente elegidos a un cargo público. Consideramos que debe romperse ese círculo vicioso en el país”, se explica en las formulaciones.