Procuraduría confirma suspensión a concejales | El Nuevo Siglo
Viernes, 24 de Febrero de 2012

 

La sanción impuesta por el Ministerio Público involucra al actual gobernador del departamento de Norte de Santander, Edgar Jesús Díaz Contreras.
 
En fallo de segunda instancia, la Procuraduría General de la Nación confirmó la suspensión en el ejercicio del cargo por el término de diez (10) meses al exalcalde de San José de Cúcuta, Norte de Santander, Ramiro Suárez Corzo, y de seis (6) meses para 16 concejales de la misma ciudad, entre los que se involucra el actual gobernador de dicho departamento, por haber creado una corporación sin ánimo de lucro de carácter municipal y haber comprometido para el cumplimiento del objeto social de la misma, cuatro mil millones de pesos ($4.000.000.000=) provenientes del sistema de contribución por valorización, dando a estos recursos una destinación diferente a la establecida en la Constitución y la Ley.
 
Los entonces concejales disciplinados son Blanca Cruz González, Lyda Jazmín Ardila Ardila, Vicente García Granados, Jorge Iván Cáceres García, Rodolfo Torres Castellanos, Nelly Amparo Pérez Toro, Eduardo Salim Chaín Rueda, Alfredo Duarte Gómez, Juan Carlos García Gómez, Luis Eduardo Guevara Jaimes, Hugo Francisco Márquez Peñaranda, Juan Manuel Morelli Santaella, William Abel Ovallos Pacheco, María Margarita Silva de Uribe, Víctor Fidel Suárez Vergel y Édgar Jesús Díaz Contreras, este último, actual gobernador del departamento nortesantandereano.
 
Al señor Suárez Corzo se le reprocha que en su condición de alcalde municipal se extralimitó en sus funciones al inducir al Concejo para que autorizara la constitución y participación económica en la “Corporación Parques de Cúcuta” al presentar el proyecto, el cual fue aprobado el 2 de noviembre de 2006 mediante Acuerdo Municipal 031. En este mismo acuerdo se autorizó el aporte a la nueva corporación, de los cuatro mil millones de pesos provenientes del recaudo por valorización, destinándolos indebidamente, desconociendo el ordenamiento jurídico.
 
Por su parte, a los concejales se les sanciona por extralimitarse en el ejercicio de sus funciones al aprobar el proyecto de creación de la nueva corporación presentado por el burgomaestre local y haberle concedido las facultades requeridas para entregar recursos públicos para la constitución de la misma.
 
En ambos casos se violaron los artículos 355 de la Constitución Política de Colombia y 34 de la Ley 734 Código Único Disciplinario.  
 
De esta manera, la Procuraduría resolvió el recurso de reposición contra el fallo de única instancia proferido el 26 de septiembre de 2011 y de conformidad con el artículo 119 del código disciplinario, contra la presente decisión no procede recurso alguno.