Preocupación de ONU por fallo en Uruguay sobre dictaduras | El Nuevo Siglo
Martes, 25 de Junio de 2013

Expertos de la ONU expresaron su preocupación ante decisiones de la Suprema Corte de Uruguay que determinaron el cierre de dos causas por torturas, desapariciones y homicidios durante la dictadura militar entre 1973 y 1985 en ese país, informó la oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos en un comunicado.

Según Pablo de Greiff, relator especial de la ONU para la promoción de la Verdad, la Justicia y la Reparación, "ninguna disposición legal o práctica nacional, incluidas las amnistías, pueden ser válidamente invocadas por el Estado como excusas para no avanzar con las investigaciones de las atrocidades cometidas, de acuerdo con el derecho internacional".

De Greiff dijo que es "preocupante que aún permanezcan impunes los crímenes cometidos durante la dictadura y que las vías de acceso a la justicia y a la compensación de las víctimas de estos crímenes y sus familiares aparentemente se vuelvan a cerrar".

Por su parte, el relator especial sobre Tortura, Juan Méndez, señaló que "Uruguay tiene la obligación de investigar, juzgar y castigar a los culpables de estos crímenes y de reparar adecuadamente a las víctimas".

Esta obligación, añadió Méndez, "implica tanto derogar la legislación nacional y remover cualquier obstáculo que favorezca la impunidad de los responsables de violaciones graves de los derechos humanos como la tortura, como también tomar todas las medidas positivas necesarias para que esas violaciones sean investigadas, y los culpables juzgados".

A su vez, el Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas emitió una nota donde señaló que "todo acto de desaparición forzada se debe considerar delito permanente mientras sus autores continúen ocultando la suerte y el paradero de la persona desaparecida y mientras no se hayan esclarecido los hechos".

Los expertos de la ONU recordaron que a partir de febrero de este año la Suprema Corte de Justicia uruguaya declaró la inconstitucionalidad de dos artículos de la ley que anuló la Ley de Caducidad, de 2011, que permitían que violaciones a los derechos humanos cometidos durante el régimen militar sean investigados.

A su vez, Gabriela Knaul, Relatora Especial sobre Independencia de los Magristrados, señaló que "como agentes del Estado, los magistrados tienen la obligación y la responsabilidad de asegurar el respeto y la promoción de los derechos humanos y el estado de derecho".

"Esto entraña el deber de asegurar, de manera proactiva, el respeto de las normas internacionales de derechos humanos, tanto en las deliberaciones de los tribunales como en la aplicación de los procedimientos judiciales", agregó.