¿Por qué las Farc le jalaron al plebiscito? | El Nuevo Siglo
Domingo, 26 de Junio de 2016

La inamovilidad del Gobierno frente a su negativa a la constituyente, el amplio ‘blindaje’ jurídico ya aprobado en el Congreso, el alto piso electoral de una consulta popular y hasta la evidencia de que no hay mecanismo más laxo que el plebiscito  hoy bajo la lupa de la Corte, entre las explicaciones

 

CUANDO EL pasado jueves, al filo del mediodía, el delegado cubano empezó a leer el documento del acuerdo sobre la mecánica del cese el fuego bilateral y el cronograma del desarme subversivo, lo que más sorprendió fue la mención del punto referido a la refrendación.

No estaba en la cuentas de nadie que ese día las delegaciones del Gobierno y las Farc fueran a siquiera mencionar el tema. Tampoco en el comunicado conjunto del miércoles, cuando se anunció el evento del jueves y los invitados nacionales e internacionales que estarían presentes en La Habana, se hizo alusión alguna sobre ese aspecto.

Es más, si algo estaba claro hasta ese momento era que el mecanismo de refrendación popular de los acuerdos era uno de los pulsos más duros aún no resueltos en la Mesa, ya que mientras el Ejecutivo insistía en que debía acogerse el llamado “plebiscito por la paz”, aprobado meses atrás por el Congreso y hoy bajo la lupa de la Corte Constitucional, la guerrilla no sólo se mantenía en su reiterada exigencia de citar una asamblea constituyente, sino que en los últimos dos meses abrió la posibilidad de acudir mejor a una “consulta popular” para que los colombianos dijeran en las urnas si aprobaban o no lo pactado en La Habana.

¿Por qué, entonces, de un momento a otro las Farc cambiaron de parecer y decidieron respaldar la posibilidad de un plebiscito que no sólo hoy es un mecanismo incierto, porque no se sabe cuál será el sentido del fallo de la Corte, sino al cual habían criticado muchas veces por considerar que se trataba de una medida unilateral del Gobierno que no había sido discutida ni consensuada en la Mesa?

Hay varias hipótesis que explican este repentino cambio de opinión de la guerrilla que, sin duda, más allá de la importancia que tiene el haber acordado la mecánica del cese el fuego y el cronograma de desarme, terminó siendo la noticia política más importante de la semana, tanto en lo relativo al  proceso de paz y su recta final, como para un país en donde la tempranera campaña por el “Sí” y el “No” al plebiscito tomó en las últimas dos semanas un ritmo inusitado.

No hay que olvidar que el gobierno Santos lanzó hace apenas unos días su campaña política y publicitaria “#Síalapaz”, que es sin duda su puntal de lanza para impulsar el plebiscito, en tanto que el uribismo, principal factor de oposición a la negociación con las Farc, no solo ha incrementado sus críticas contra el mecanismo, sino que viene adelantado una campaña de recolección de firmas y otras acciones políticas que, a no dudarlo tampoco, buscan evitar que la ciudadanía apoye el proceso de paz. Lo que aún no ha definido es si hará campaña por el “No” o llamará a la abstención activa.

A ello hay que sumarle que el procurador Alejandro Ordóñez no sólo denunció que el Gobierno presionaba a la Corte para un fallo a su favor, sino que el examen de exequibilidad a la ley aprobatoria del plebiscito en el alto tribunal entró en su fase definitiva luego de que el magistrado Luis Ernesto Vargas radicara su ponencia al respecto, que según trascendió es positiva a la norma pero con ciertos condicionamientos en materia de garantías para la campaña.

 

Unas por otras

La primera hipótesis del repentino cambio de opinión de las Farc se dirige a que ya en esta recta final del proceso el Gobierno dejó claro que no habría lugar a citar una constituyente y que esa sería una “línea roja” inamovible.

Es claro que el rifirrafe alrededor de este punto a lo largo del último año podía entenderse como natural dentro de la estrategia de negociación de las partes, pero llegada ya la fase final del proceso no se podía dilatar más esta decisión. Era claro que alguien en la Mesa tenía que ceder y bien pudieron ser las Farc ante la evidencia de que políticamente Santos no tenía margen de acción en Colombia para convencer a los partidos y menos a la ciudadanía de convocar una constituyente en la que la guerrilla tuviera participación y alta capacidad de decisión temática y aprobatoria.

Otra hipótesis se refiere a que si la guerrilla insistía en que la constituyente era un mecanismo idóneo para asegurar el blindaje del acuerdo de paz, esa alternativa quedó sin piso luego de que, en la misma Mesa, las partes llegaran al acuerdo anunciado semanas atrás en torno a agregar un artículo nuevo al proyecto de “acto legislativo de paz” que ya iba en séptimo debate en el Congreso.

Como se sabe, en la ponencia que se discutió en la Comisión I de la Cámara se agregó un nuevo artículo que determinó que el pacto final de La Habana no sólo será elevado a la categoría de “acuerdo especial” a la luz de los Convenios de Ginebra, sino que luego de la refrendación –obviamente si tiene resultado positivo- se presentará una ley aprobatoria que insertará todo el acuerdo en el bloque de constitucionalidad, lo que garantizará el cumplimiento y la implementación de todo lo acordado al pie de la letra. Además de ello, se dio vía libre a que el llamado “procedimiento legislativo especial” que activará el Congreso para tramitar y aprobar las leyes y reformas constitucionales que se deriven de acuerdo de paz, no podrá tocar una sola coma de los proyectos a menos que lleven autorización del Gobierno y correspondan claramente a lo pactado en el acuerdo final.

El acto legislativo por la paz, como se sabe, fue aprobado por el Congreso el lunes pasado, con el texto del artículo de ‘blindaje jurídico’ tal como fue pactado en La Habana. Es decir que por esta vía queda garantizado que nadie tocará una sola coma, por ejemplo, del acuerdo sobre Jurisdicción Especial de Paz (JEP) que, como se sabe, no sólo contempla que los guerrilleros que admitan sus delitos, por graves que sean, no pagarán un solo día de cárcel, sino que quedarán habilitados de inmediato para hacer política. Esta gabela ha sido denunciada por amplios sectores nacionales e internacionales como una puerta a la impunidad que va en contra de todos los tratados de derechos humanos suscritos por Colombia, incluyendo el Estatuto de Roma y la aceptación de la jurisdicción de la Corte Penal Internacional.

De allí, entonces, que las Farc pudieran haber terminado entendiendo que asegurado ya ese ‘blindaje’ jurídico y legislativo para que se cumpla lo pactado, por más polémico que sea, no había necesidad de insistir en la constituyente, menos aún si el Gobierno se oponía a la misma y tampoco tenía margen de acción para convocarla.

 

Consulta, más votos

Una tercera hipótesis de por qué las Farc le terminaron jalando al plebiscito se basa en que entendieron que acudir a una consulta popular era, de lejos, un mecanismo de refrendación más engorroso, demorado y, sobre todo, complicado para que los colombianos aprobaran lo pactado después de casi cuatro años de negociación en La Habana.

Según la Ley 134 de 1994 o de Mecanismos de Participación Ciudadana, la consulta popular nacional puede ser convocada por el Presidente de la República, con la firma de todos los ministros y previo concepto favorable del Senado de la República, para que el  pueblo se pronuncie sobe una decisión de trascendencia nacional.

Aunque el dictamen es de carácter obligatorio la misma norma advierte que “no se podrán realizar consultas sobre temas que impliquen modificación a la Constitución Política”. Es claro que teniendo el acuerdo con las Farc varios temas que reforman la Carta del 91, no servía, entonces, como mecanismo de refrendación de un eventual pacto final de paz.

Pero había otro inconveniente de fondo: el artículo 55 de la Ley 134 es taxativo en cuanto a que se entenderá que ha habido una decisión obligatoria del pueblo, cuando la pregunta que le ha sido sometida ha obtenido el voto afirmativo de la mitad más uno de los sufragios válidos, siempre y cuando haya participado no menos de la tercera parte de los electores que componen el respectivo censo electoral.

Esto implica, entonces, que si el censo electoral vigente hoy en Colombia es de 34.729.241 ciudadanos, a las urnas en una eventual consulta popular deberían asistir no menos de 11.576.413. Y de estos, tendrían que existir no menos de 5.788.206 votos por el “Sí” a un eventual acuerdo final de paz con las Farc.

Es claro, entonces, que para un proceso de paz que ya arrastra un desgaste muy alto, con encuestas que evidencian que crece el porcentaje de personas que creen que no se llegará a un acuerdo final o que simple y llanamente no están de acuerdo con lo que se negocia en La Habana, apostar por un volumen de votación tan alto para refrendar lo pactado sería casi un suicidio. Esta, entonces, sería la principal razón por la cual la consulta popular que las Farc habían propuesto como opción de refrendación se terminó descartando.

 

El piso más bajo

Así las cosas, el plebiscito por la paz, antes tan criticado y vapuleado por las Farc, se tornó, entonces, como la mejor opción para la guerrilla, dándole la razón al Gobierno.

Es claro que tras las drásticas reformas que el Congreso, por iniciativa de la Casa de Nariño, aplicó al mecanismo original de plebiscito, no hay un instrumento de refrendación más laxo que el llamado “plebiscito por la paz”.

Según el artículo 7 de la Ley 134, un plebiscito normal es el pronunciamiento del pueblo convocado por el Presidente de la República, mediante el cual apoya o rechaza una determinada decisión del Ejecutivo. La decisión de las urnas es obligatoria y para que sea válido debe participar la mitad más uno del censo electoral vigente. Es decir, 17.364.620 ciudadanos. Además, la norma es clara en cuanto a que “el pueblo se decidirá, en plebiscito, por la mayoría del censo electoral”. En otras palabras, el “Sí” o el “No” deberán sumar, como mínimo, esa cantidad de votos. Y, además, mediante esta vía tampoco se podrá modificar la Constitución Política.

Sin embargo, el “plebiscito por la paz” que se aprobó en el Congreso en diciembre pasado estableció que el umbral de participación y decisión ya no será del 50%, sino apenas del 13%. Es decir que de la necesidad de 17.364.620 ciudadanos votando se pasó apenas a  4.514.801 ciudadanos.

Hasta para las Farc era claro que este volumen electoral es más fácil de alcanzar por más reservas y prevenciones que despierte el proceso de paz en un país polarizado alrededor de sus alcances. Salvo que el Gobierno hubiera decidido echar reversa de la promesa de refrendación popular del acuerdo final de paz (algo que ya no puede hacer pues esta fue incluida en el “acto legislativo de paz” como prerrequisito para que entre en vigor todo lo contenido en esa reforma constitucional) no hay ningún otro instrumento de participación ciudadana que exija un piso de participación y aprobación electoral tan bajo.

A ello se suma, como última hipótesis, que la guerrilla finalmente entendió que iniciar el trámite de cualquier otro mecanismo de refrendación popular demoraría varios meses, lo que podría implicar que la cita en las urnas pudiera aplazarse para 2017, un año típicamente electoral, con una campaña presidencial tempranera que tendrá en la paz el tema central y un presidente Santos –hoy muy bajo en las encuestas- ya con el sol a las espaldas.

En ese orden de ideas, para las Farc, al fin de cuentas, era más viable apostar por un plebiscito aprobado en el Congreso hace siete meses y al que sólo le falta el fallo de la Corte, que en caso de ser positivo, implicaría que se podría estar citando a la votación en octubre, a más tardar, con lo que este 2016 cerraría ya con el acuerdo de paz firmado, refrendado y, sobre todo, blindado.

Ahora, por más que Gobierno y Farc hayan dicho que acatarán lo que defina el alto tribunal sobre el plebiscito, no hay que olvidar que si tumba la ley aprobatoria o modifica el umbral hacia arriba, la apuesta de las partes habrá sido más que arriesgada y no se sabe si, en esa coyuntura, mantendrán el pacto anunciado el jueves pasado respecto a la refrendación.