Hasta el viernes tienen plazo los ministros y los directores de departamentos administrativos para hacer llegar a la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República las observaciones y objeciones de inconstitucionalidad o inconveniencia de los proyectos de ley aprobados en las últimas semanas por el Congreso y que como consecuencia están para sanción del presidente Gustavo Petro.
En ese sentido, la Secretaría Jurídica de la Presidencia señala, en una circular dirigida a los titulares de las distintas carteras y a los directores de los departamentos administrativos, que “el Congreso de la República, una vez culmina su primer período de sesiones ordinarias, radica en la Secretaría Jurídica las leyes que fueron tramitadas por ambas cámaras, con el fin de que en los términos señalados en el artículo 166 de la Constitución Política de Colombia estas sean revisadas y se formulen objeciones de inconstitucionalidad o de inconveniencia, cuando a ello haya lugar, o en su defecto, se proceda por parte del presidente de la República a su sanción y promulgación”.
Advierte la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República que los trámites normativos radicados con posterioridad al 15 de diciembre próximo “se tramitarán para la vigencia del 2024”.
En lo que lleva este Gobierno no ha objetado ningún proyecto de ley ni de reforma constitucional
En tanto que el presidente Petro ha sancionado hasta el momento tres reformas constitucionales: el Acto Legislativo 03 del 24 de julio de 2023, por medio del cual se establece la Jurisdicción Agraria y Rural; el Acto Legislativo 02 del 6 de julio de 2023, por medio del cual se reduce el tiempo del receso legislativo entre el primer y segundo periodo, de tal forma que ya no comienza el 16 de marzo sino el 16 de febrero; y el Acto Legislativo 01 del 5 de julio de 2023, por medio del cual se reconoce al campesino como sujeto de especial protección constitucional.
En tanto que el presidente Gustavo Petro ha sancionado este año 61 leyes de la República, mientras que en el 2022 fueron 13 las normas en las que estampó su rúbrica para que entraran en vigor.