La aplicación inflexible de la Ley que aumenta las sanciones a las personas que manejen en estado de embriaguez y bajo los efectos de sustancias sicoactivas, anunció el director de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional, general Carlos Ramiro Mena.
Tras la sanción de la norma el jueves pasado por parte del presidente Santos, el general sostuvo que la institución comenzó a aplicar una estrategia que integra la difusión, la disuasión y la aplicación.
El alto oficial dijo que desde este fin de semana en todo el país se comenzarán a implementar cerca de 500 puestos de control.
La Policía dispuso de la línea #767 para que quienes sepan de una persona que se dispone a manejar en estado de embriaguez o de una que está conduciendo en este estado, lo denuncie.
EL NUEVO SIGLO: ¿Cómo van a implementar la recientemente sancionada Ley que aumenta las sanciones contra los conductores ebrios?
CRM: Frente a la nueva ley tenemos previstos tres fases para su aplicación; la primera, la disuasión, a través de campañas de difusión dando a conocer lo drástico de la Ley y sus alcances para que los conductores cumplan las normas.El segundo aspecto es la prevención por medio de dispositivos que estamos implementando en todo el país con por lo menos 500 alcoho-sensores dispuestos en puestos de control fijos y móviles, con controles en las terminales de transporte a los conductores de los buses y de carros particulares.La tercera es la aplicación de las normas. En este sentido seremos flexibles, estrictos en el cumplimiento de las normas, implacables si se quiere para que no haya duda de su aplicación.
ENS: ¿En el caso de Bogotá cuántos puestos van a instalar?
CRM: En Bogotá aspiramos a tener entre 50 y 60 puestos de control de manera móvil y fija a partir de horas en que hay mayor consumo de licor.
ENS: ¿Cuándo comienzan a aplicar esta nueva Ley?
CRM: Desde ya estamos ejecutándola con la inmovilización de los vehículos, con el registro de la licencia de conducción para colocarla en alarma en el RUN. No hemos parado pero lo haremos con mayor énfasis porque el procedimiento policial no tiene mayor modificación, los que sí tienen que aplicarla como corresponde son las secretarías de Movilidad, haciendo efectivas las multas, realizando las suspensiones, manteniendo los vehículos inmovilizados en los parqueaderos.
ENS: ¿Tienen dispuesta una línea en la que se puedan advertir casos de conductores ebrios?
CRM: Le estamos pidiendo a la comunidad que llame al #767 si tienen información de alguna persona que va a conducir o está manejando en estado de embriaguez. Desde los establecimientos públicos estamos realizando campañas de sensibilización.
ENS: ¿A la fecha cuántas víctimas han dejado en lo corrido del año los conductores borrachos?
CRM: Hasta el 18 de diciembre de 2013 hay 445 personas muertas por conductores en estado de embriaguez y más de 2.600 lesionadas. Son cifras preocupantes.
ENS: ¿Esperan que disminuyan los accidentes de tránsito con esta Ley?
CRM:Ojalá. Esa es la aspiración. Esto depende de la responsabilidad de los conductores, de que aumente la cultura ciudadana. Ojalá que con el conocimiento por parte de los conductores de las nuevas sanciones disminuya el número de conductores en estado de embriaguez.
TITULO: ¿Qué dice la Ley?
La Ley establece sanciones económicas graduales a quienes conduzcan en estado de embriaguez desde 1.768.000 pesos hasta 28 millones de pesos. Asimismo contempla la suspensión de la licencia entre uno y 10 años y la inmovilización del vehículo entre uno a 20 días hábiles. El articulado también prevé mayores penas para quienes incurran en accidentes bajo los efectos de alcohol. De esta manera quienes produzcan lesiones culposas y homicidio culposo, la pena de prisión mínima pasaría de dos años y ocho meses a cuatro años y cinco meses y la máxima de nueve años a 18 años. En cuanto a las sanciones económicas y administrativas cuando el conductor sea sorprendido la primera vez, se le suspenderá la licencia entre 1 a 10 años, se le impone una multa que oscila entre los 90 a 720 días de salario mínimo vigente e inmovilización del vehículo de 1 a 10 días. De repetir la conducta, las sanciones son: cancelación de la licencia de conducción por un año, multa entre 135 a 1.080 días de salario mínimo vigente y la inmovilización del vehículo entre 1 a 20 días. Por tercera vez se suspende la licencia por tres años, se impone una multa entre 180 a 1.440 días de salario mínimo vigente y se inmoviliza el vehículo de tres a 20 días.