Tres ponencias tendrá que estudiar la Comisión Séptima de la Cámara. Aunque todas son positivas, hacen ajustes a la iniciativa original que, en algunos casos, implican cambios sustanciales
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La Comisión Séptima de la Cámara está lista para discutir el proyecto de ley “por medio del cual se crea la prima legal para la canasta familiar”, radicado en noviembre del año pasado por los senadores Álvaro Uribe y Gabriel Velasco, del Centro Democrático.
Son ponentes de la iniciativa los representantes Jairo Cristancho y Jennifer Arias, del Centro Democrático, y Juan Diego Echavarría, del Partido Liberal.
Como no pudieron ponerse de acuerdo sobre el sentido de una sola ponencia, la Comisión recibirá tres informes, uno de los cuales plantea un revolcón de la iniciativa.
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Arias aún no ha radicado su ponencia, pero según conoció EL NUEVO SIGLO pese a que será positiva piensa hacerle cambios a la iniciativa.
A su turno, el representante Echavarría aseguró que aunque la ponencia que radicó es positiva, “queremos hacer una distinción para que la prima se pague según el tamaño de la empresa. Es decir, que las microempresas paguen cinco días de salario y las pequeñas empresas 10 días de salario”.
Según la ponencia, “las microempresas o pequeñas empresas que se encuentren en una situación de subordinación respecto de una mediana o una gran empresa, o pertenezcan a un grupo empresarial, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 260 y 261 del Código de Comercio, o la norma que lo sustituya, deberán pagar la prima correspondiente a 15 días del salario mínimo vigente”.
Echavarría aclaró que había un error en la redacción, por lo que “lo modificamos y dejamos que solo hasta tres salarios mínimos sean cancelados. Además no incluimos a los trabajadores oficiales en este proyecto, pues por un lado tendría impacto fiscal y por el otro es inconstitucional porque el artículo 150 establece que el único competente para fijar prestaciones sociales para estos trabajadores es el Gobierno nacional”.
Vuelco total
Pero Cristancho llevó su ponencia mucho más lejos. Según indica en la exposición de motivos, su objetivo es “crear una fórmula que no afecte al sector empresarial y a su vez beneficie a los trabajadores colombianos. Reconociendo la importancia del talento humano para el buen funcionamiento de las empresas, se plantea frente al texto aprobado en Senado, delimitar el pago de la prima únicamente a los empleados que estén estudiando, esto con el fin de brindar una ayuda económica a este sector y obtener un beneficio mutuo por parte del empleador y del empleado”.
Además de cambiarle el título del proyecto a “prima de productividad”, el congresista propuso que la prima no se les pague a quienes ganen hasta tres salarios mínimos, sino a quienes ganan hasta 1.5. El proyecto conserva las fechas del articulado inicial, es decir “la mitad máximo el 30 de marzo de cada año y la otra mitad a más tardar el 30 de septiembre de la misma anualidad”.
Sin embargo, aclaró que “esta prima se pagará a aquellos empleados que estén realizando estudios de educación superior y en educación para el trabajo y el desarrollo humano, previa certificación de la institución educativa y será proporcional al tiempo laborado”.
Además, indicó que “durante el primer año de vigencia de esta ley, se pagará la de marzo, durante el segundo año de vigencia después de la entrada en vigencia de la presente ley, se pagará la de septiembre. Pasados los dos años, después de la entrada en vigencia de la presente ley, se iniciará el pago en los términos señalados en el presente artículo de manera completa, esto es en marzo y septiembre de cada anualidad”.
En la exposición de motivos del proyecto, el Representante aseguró que el proyecto debe tener en cuenta que la canasta básica de alimentos puede costar, en promedio, entre $290.000 y $330.000, “pero si se incluyen los otros gastos como salud, recreación, educación y vivienda, esta puede aumentar en promedio hasta $1.300.000. Esto significa que el Salario Mínimo en Colombia no alcanza para comprar la canasta familiar completa, cubre solo el 60% de esta”.
Y agregó que “este consumo es muy importante para la economía del país y preocupa que se vea afectado por políticas que desincentiven el consumo y afecten el poder adquisitivo de estos. Al contrario, bajo el contexto actual, se hacen importantes las políticas de reactivación económica, para que este aumento de la clase media sea mayor y porque mientras que el país mantenga un ritmo de crecimiento sostenido y políticas impositivas progresivas, se va a poder reducir el riesgo de que la clase medie retorne al grupo de pobres”.
Los conceptos
El Ministerio de Hacienda y la Asociación Nacional de Empresarios (ANDI) consideraron que el proyecto es inconveniente por muchas razones.
Para comenzar, Hacienda indicó que el beneficio para trabajadores oficiales genera erogaciones adicionales por parte de la Nación “que no se encuentran contempladas en el marco fiscal de mediano plazo, ni en el gasto de los sectores”. Según cuentas de la cartera esto podría costar $205 mil millones anuales que no están en las arcas del Estado.
Así mismo, consideró que para el sector privado la prima podría tener un impacto negativo en la formalización laboral pues genera mayores costos salariales. Además, indicó que “el beneficio podría verse contrarrestado por posibles presiones inflacionarias, puesto que generaría un costo laboral adicional a las empresas que puede ser trasladado a los bienes de consumo”.
La ANDI se pronunció en el mismo sentido y advirtió que la iniciativa implica mayores costos de producción y, por ende, “un efecto inflacionario, lo cual afectaría a los consumidores especialmente a los que devengan menos de un salario mínimo”.
Del mismo modo, la Federación Colombiana de Municipios consideró que “el consumo de la clase media trabajadora es muy importante para la economía del país. Sin embargo, preocupa que se olvide de las realidades de los municipios frente a las múltiples competencias que le asignan las leyes”; por lo que propuso una mejora al proyecto para no ir en contravía de la situación actual de las entidades territoriales.