Esta semana vuelve a discusión el acto legislativo. Las regiones productoras recibirían más recursos. Tras la aprobación del proyecto, se pondrá a consideración una iniciativa para reglamentar en detalle el nuevo sistema
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Esta semana vuelve a discusión la reforma constitucional al Sistema General de Regalías. La iniciativa de especial interés para el Gobierno tendrá su quinto debate en la Comisión Primera de la Cámara de Representantes, el primero de su segunda vuelta.
De acuerdo con la ponencia firmada por los representantes Jaime Rodríguez, de Cambio Radical; Andrés Calle, del Partido Liberal, entre otros, que se pondrá a consideración de la célula legislativa, en relación con el texto aprobado en el debate anterior, al final de la legislatura pasada, el articulado presenta pocos cambios.
En la modificación que se propone llevar a cabo en el artículo 361 de la Constitución se mantiene el aumento en los recursos para las entidades territoriales productoras, las cuales recibirían un 25% de los recursos. Se contempla un 20% de los recursos finales para los “departamentos y municipios en cuyo territorio se adelante la explotación de recursos no renovables, así como para las entidades territoriales con puertos marítimos y fluviales por donde se transporten estos”. Los municipios productores tendrán además una participación adicional del 5% que podrá ser anticipada.
Los porcentajes restantes de la distribución son: Un 15% para los municipios más pobres del país, con criterios de necesidades básicas insatisfechas y población, 34% para los proyectos de inversión regional de las entidades territoriales, con criterios de necesidades básicas insatisfechas, población y desempleo. 1% para la conservación de los ecosistemas estratégicos, los parques naturales y las fuentes hídricas y la lucha nacional contra la deforestación, 10% para la inversión en ciencia, tecnología e innovación y un 3% para el funcionamiento, la operatividad y administración del sistema, para la fiscalización de la exploración y explotación de los yacimientos, y conocimiento y cartografía geológica del subsuelo, la evaluación y el monitoreo del licenciamiento ambiental a los proyectos de exploración y explotación de recursos naturales no renovables, para el incentivo a la exploración y a la producción, para el Sistema de Seguimiento, Evaluación y Control que velará por el uso eficiente y eficaz de los recursos, fortaleciendo la transparencia, la participación ciudadana y el Buen Gobierno.
En relación con los excedentes, el articulado propone que el mayor recaudo generado por la diferencia del precio, o mayor producción, con respecto al presupuesto bienal de regalías, se destinará en un 30% “para mejorar los ingresos de las entidades territoriales donde se exploren y exploten recursos naturales no renovables, así como los municipios con puertos marítimos y fluviales por donde se transporten dichos recursos o productos derivados de los mismos, y el 70% restante se destinará para el ahorro”.
En días pasados, el saliente subdirector del Departamento Nacional de Planeación, Rafael Puyana, explicó los elementos clave del proyecto de acto legislativo: una mayor asignación para los municipios y las regiones productoras, que esa asignación se haga manteniendo los recursos que hoy en día tienen los no productores y “que se optimice el funcionamiento del sistema aprendiendo de los retos y cuellos de botella que hemos evaluado en el funcionamiento actual. Y, por último, que reevaluemos esa figura de los OCAD (Órgano Colegiado de Administración y Decisión) en línea con el mandato de tener una asignación más eficiente y efectiva de los recursos”.
Puyana reiteró que estos cambios serán estructurados en detalle por una ley reglamentaria que será discutida tras la aprobación de la reforma constitucional. “Todo esto estará determinado en detalle por lo que será la ley reglamentaria, pero el marco que está en la constitución nos dejaría estos principios”, remarcó.
En la discusión de este proyecto, el Congreso de la República, según la ponencia, tendrá “la potestad de establecer” cuál es la instancia que va a tomar las decisiones que les corresponden a los OCAD, “en atención a criterios de conveniencia, oportunidad, pertinencia y calidad del gasto, siempre buscando que las decisiones que se adopten sean las más pertinentes frente a las necesidades de las entidades”.
Esto con el propósito de “agilizar el proceso de aprobación de los proyectos de inversión y optimar el rol del Gobierno nacional, mitigando el excesivo centralismo característico del modelo de planificación territorial actual y fortaleciendo los principios de descentralización y autonomía territorial definidas en la Constitución Política”.
Ley reglamentaria
El Gobierno nacional tendrá un plazo máximo de seis meses a partir de la fecha de promulgación de la reforma constitucional para radicar el proyecto de ley reglamentaria. Hasta tanto se promulgue esta ley, seguirá vigente el régimen de regalías contemplado en los Actos Legislativos 05 de 2011 y 04 de 2017 y las normas que lo desarrollen.
“La ley reglamentará todo lo contenido en este artículo y atenderá el principio de planeación, de manera que los proyectos de inversión guarden concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo y los planes de desarrollo de las entidades territoriales. De igual manera, esta ley determinará las condiciones para la priorización de las Inversiones en agua potable y saneamiento básico, infraestructura educativa, generación de empleo formal y demás sectores de inversión. Así mismo, regulará los procesos e instancias de decisión que participarán en la definición de los proyectos de inversión”, señala la ponencia.
Los coordinadores ponentes sugieren tener en cuenta que en esta ley que desarrollará el acto legislativo, por lo que “se debe tener consulta previa a las comunidades étnicas minoritarias”.