El actual periodo de autoridades territoriales ha sido especialmente complicado en cuanto a la elección de contralores departamentales, distritales y algunos municipales que existen, pues en 2015 una reforma introdujo que se tiene que hacer una convocatoria pública, lo que llevó a que en algunas corporaciones ya sea por no entender la norma en su total alcance o porque no la cumplieron a cabalidad se presentaran irregularidades y como consecuencia investigaciones de la Procuraduría.
Hay expectativa porque en el proceso que se avecina en 2019 pueden presentarse más cambios producto de la iniciativa de acto legislativo que presentó el Contralor General y que en lo que toca a este asunto establece que la escogencia se hará de una terna conformada por concurso público de méritos.
Uno de los casos más recientes y sonados es la destitución que ordenó la Procuraduría General de la Nación de 16 de los 19 concejales de Valledupar por las irregularidades que consideró se presentaron en la escogencia de Omar Javier Contreras Socarrás, a quien en junio pasado el Consejo de Estado declaró la nulidad de la elección.
El Ministerio Público señaló que los disciplinados incurrieron en falta al omitir el cumplimiento de sus funciones y deberes cuando eligieron como contralor municipal a Contreras Socarrás, sin considerar que dentro del año anterior había ejercido como Defensor del Pueblo del Cesar, por lo que se encontraba inhabilitado. No obstante la decisión está pendiente de hacerse efectiva por algunos recursos que presentaron los disciplinados.
De igual forma en diciembre pasado el Ministerio Público confirmó la suspensión por nueve meses a 16 concejales de Ibagué por elegir y posesionar a Ramiro Sánchez como contralor de la ciudad, a pesar de las inhabilidades que tenía para ejercer este cargo.
Incluso 16 concejales de Cartagena y Neiva fueron privados de libertad por irregularidades en la elección de los respectivos contralores distrital y municipal.
El Acto Legislativo 02 de julio de 2015 (Reforma de Equilibrio de Poderes) introdujo que “los contralores departamentales, distritales y municipales serán elegidos por las asambleas departamentales, concejos municipales y distritales, mediante convocatoria pública conforme a la ley, siguiendo los principios de transparencia, publicidad, objetividad, participación ciudadana y equidad de género, para el lapso igual al del Gobernador o Alcalde, según el caso”.
Anteriormente los contralores eran elegidos por los concejos y asambleas departamentales mediante ternas integradas por dos candidatos presentados por el tribunal superior de distrito judicial y uno por el correspondiente tribunal de lo contencioso-administrativo. Así se dio hasta 2012 la escogencia de estos servidores encargados de cuidar que no se roben los recursos públicos.
Sin embargo, la elección de los actuales contralores se adelantó en medio de críticas por parte de concejos y asambleas, ya que la disposición de adelantar convocatoria pública con los aspirantes, como lo estableció la Reforma de Equilibrio de Poderes, salió pocas semanas antes de que estas corporaciones finalizaran su periodo y en varios casos no contaban con los recursos para contratar con universidades la ejecución de dicha convocatoria.
Nueva reforma
Esta semana la Comisión Primera de la Cámara aprobó al darle quinto debate el proyecto de acto legislativo que presentó el contralor general, Carlos Felipe Córdoba, y que tiene como objetivo modificar la forma como se realiza el control fiscal en el país.
En uno de los apartes modifica la elección de contralores regionales al establecer que los “departamentales, distritales y municipales serán elegidos por las asambleas departamentales, concejos municipales y distritales, de terna conformada por concurso público de méritos conforme a la ley”.
Sobre el particular uno de los ponentes de esta iniciativa, el representante José Daniel López Jiménez, indicó a EL NUEVO SIGLO que “esta reforma trae dos novedades a la forma de elección de los contralores territoriales: la primera es que establece que por medio de un proceso público de méritos sale una terna conformada por los tres que más puntaje sacaron, y de esos tres escoge la corporación pública correspondiente”.
El Parlamentario de Cambio Radical destacó que esta reforma mantiene en cabeza de asambleas así como de concejos municipales y distritales la elección de los contralores territoriales, “pero enmarcado en unas restricciones asociadas a la meritocracia mucho más fuertes”.
Añadió que la otra novedad que trae este proyecto de acto legislativo es que “los próximos contralores territoriales que se elijan en enero de 2020 tendrán un periodo de dos años porque de esa manera su periodo no va a coincidir con el de alcaldes y gobernadores”. Indicó López que un nuevo Alcalde “llega con fuerza, con coalición de gobierno, llega con aplanadora muchas veces, y casi que su primer acto de mandato en muchos casos es incidir en la elección de un contralor”.
Anotó que los contralores regionales que se elijan en 2022 volverán a tener el periodo acostumbrado de cuatro años.
Al proyecto de reforma al control fiscal que presentó el contralor Córdoba les restan tres debates y se espera que esté aprobado a más tardar en octubre próximo, lo que dejaría un colchón de tiempo medianamente aceptable para que los salientes concejos y asambleas, que finalizan su periodo el próximo 31 de diciembre, inicien el proceso público de méritos para la conformación de la terna de aspirantes a contralor y que las entrantes corporaciones hagan la respectiva elección.