MIENTRAS SIGUE avanzando el reconocimiento de la mesada 14 para los miembros de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, activos y en retiro, en el Congreso de la República también hace tránsito el proyecto de ley a través del cual se crean beneficios para las Fuerzas Armadas con la modificación de la Ley del Veterano.
La iniciativa registra varios beneficios y crea la dirección de los veteranos reconociéndolo como un grupo. Además, le entrega funciones especiales, que tengan acceso a sus propios medios de comunicación y que se incluya a soldados voluntarios que prestaron su servicio militar.
EL NUEVO SIGLO habló con la viceministra de Veteranos y del Grupo Social y empresarial de la Defensa (Gsed), Ana Catalina Cano, sobre los desarrollos de la Ley de Veteranos y los beneficios que los cobijan.
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“Entre los avances destacados en la implementación de la Ley 1979 de 2019, podemos indicar lo siguiente: La sanción de dos decretos reglamentarios en 2020: los decretos 1345 y 1346, implementación del Registro Único de Veteranos (RUV), con más de 46.000 veteranos debidamente registrados, caracterizados y acreditados; beneficios en prestaciones sociales para más de 4.200 soldados e infantes de marina profesionales, y tramitación de un proyecto de ley para beneficiar a cerca de 1.200 soldados e infantes de marina voluntarios en la reliquidación de su pensión por invalidez; implementación del fondo de educación superior, beneficiando a 116 veteranos con créditos condonables, y apropiación de 5.000 millones adicionales para impactar a más de 150 veteranos en 2024”, dijo.
Sobre otros beneficios, hizo referencia a “la apropiación de 10.400 millones de pesos para la entrega de vivienda de interés prioritario a soldados regulares pensionados por invalidez, con el objetivo de entregar 85 soluciones de vivienda; divulgación de ofertas laborales y desarrollo de diálogos regionales para estructurar la política de atención integral al veterano y participación en los Juegos Invictus 2023; acceso gratuito a museos y parques arqueológicos, y conmemoración del Día del Veterano en 30 ciudades”.
Ejes fundamentales
Cano aseguró que sí se están cumpliendo los ejes fundamentales. “Sí, la implementación de la Ley y los logros obtenidos demuestran su cumplimiento”.
Además, consultada sobre el difícil el proceso de inscripción debido a las exigencias de la ley, respondió que “no es una inscripción, sino un proceso de acreditación voluntaria que puede realizarse virtualmente, a través del portal web www.divri.gov.co, o personalmente, en la Dirección de Veteranos y Rehabilitación Inclusiva (Divri) en Bogotá, entidad que trabaja para garantizar el bienestar a los veteranos de la Fuerza Pública y sus familias”.
Destacó que “acceden a beneficios en vivienda, educación, recreación, deporte, y préstamos hipotecarios con tasas preferenciales a través del programa Caja Honor”.
Muchos se preguntan si los militares y policías que salieron del servicio serán protegidos por la ley, a lo que Cano contestó: “Son veteranos de la Fuerza Pública quienes cuentan con una asignación de retiro, son pensionados por invalidez o reservistas de honor; también quienes participaron en nombre de Colombia en conflictos internacionales o han sido reconocidos como víctimas por hechos ocurridos en servicio activo o en razón del mismo. Es decir, que si nuestros militares o policías que terminan su servicio por alguna de las razones descritas, claro, serán beneficiados por la Ley del Veterano. Es importante precisar que la Ley otorga beneficios para los veteranos y el núcleo familiar definidos en el artículo segundo. El sistema de protección social y el sistema de salud especial para las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, está establecido ya en las diferentes leyes vigentes, es decir, la ley no concede beneficios en salud, porque ya están protegidos por el sistema de salud lo que hace es otorgar algunas herramientas para contribuir la calidad de vida”.