Alza del predial no debe superar capacidad del bolsillo: Ramírez | El Nuevo Siglo
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Miércoles, 19 de Febrero de 2020
Redacción Política

Desde hace varias semanas está en vigencia en la norma que establece un límite al aumento del impuesto predial.

La iniciativa, que fue aprobada por el Congreso a mediados de 2019, establece que los predios que hayan sido objeto de actualización catastral y hayan pagado según esa actualización, será del IPC+8 puntos porcentuales el máximo del Impuesto Predial Unificado.

“Para el caso de los predios que no se hayan actualizado el límite será de máximo 50% del monto liquidado por el mismo concepto el año inmediatamente anterior. Para las viviendas pertenecientes a los estratos 1 y 2 cuyo avalúo catastral sea hasta, 135 salarios mínimos legales vigentes, el incremento anual del Impuesto Predial, no podrá sobrepasar el 100% del IPC”, agrega el texto.

La norma está dirigida a todos los distritos, municipios y entidades territoriales en general y tendrá una vigencia de cinco años. Según la exposición de motivos de la iniciativa, “es de conocimiento público el alto incremento que viene presentando la carga tributaria sobre los contribuyentes colombianos, tanto en relación con los impuestos nacionales directos e indirectos como también en los gravámenes territoriales; los impuestos al consumo, las tasas, las contribuciones, los parafiscales, las multas, las sanciones, los intereses casi que impagables, entre otros”.

En diálogo con este Diario, el autor de la ley, el senador Ciro Ramírez, del Centro Democrático, señaló que se busca que el incremento del predial “no vaya más allá del bolsillo de los colombianos”.

“Esto fue acordado con Fedemunicipios y Asocapitales para dejar un límite que no afectara las finanzas municipales y además tiene una temporalidad que va hasta cinco años. El propósito es que el incremento no vaya más allá del bolsillo de los colombianos”, dijo el congresista.

EL NUEVO SIGLO: ¿Cuáles son los aspectos clave de esta ley?

CIRO RAMÍREZ: Se pone un tope al crecimiento anual del impuesto predial. El tope es IPC+8% para los bienes inmuebles en los municipios donde se haya actualizado el catastro. Para donde no se haya actualizado el catastro será el 50%. Para inmuebles rurales será solamente para la extensión de 100 hectáreas. Y para los estratos 1 y 2 será solamente hasta el IPC.

ENS: ¿Qué pasa con aquellas personas que pagaron el impuesto predial antes y que se sienten, de una manera u otra, afectados porque pagaron más los años pasados y este año habría una reducción?

CR: Debemos tener claro que las leyes no tienen efecto retroactivo. Las leyes solo tiene efecto hacia el futuro, desde que entra en vigencia la norma. ¿Qué es lo importante de esto? Que antes de la aplicación de la ley todos los contribuyentes tienen una facultad o un beneficio, y es que siempre pueden entrar a pedir la revisión de su impuesto predial que debe estar acorde con las normas establecidas en el momento. Eso quiere decir que si le incrementa demasiado usted tiene que entrar a probar, según los precios de la Lonja, cuál es el avalúo de su inmueble. Y si le han puesto un avalúo catrastal por encima del comercial ahí podrá pedir la revisión.

ENS: ¿La norma tiene impacto fiscal?

CR: Esto no tiene un impacto fiscal porque el impuesto predial sigue creciendo, simplemente se le está poniendo un tope, no más. En esta ley no debíamos tener el aval del Ministerio de Hacienda.

ENS: ¿Esta norma podría afectar a las finanzas municipales debido al límite que establece?

CR: Esto fue acordado con Fedemunicipios y Asocapitales para dejar un límite que no afectara las finanzas municipales y además tiene una temporalidad que va hasta cinco años. El propósito es que el incremento no vaya más allá del bolsillo de los colombianos. Por eso nos pusimos de acuerdo con ellos para que no afectara las finanzas de las entidades territoriales.

ENS: decía que la norma tiene vigencia de cinco años. ¿Después de los cinco años podría aumentar el impuesto desproporcionadamente? ¿Qué hacer para que esto no pase?

CR: Lo importante es que los municipios del país apliquen la ley y con eso vamos a tener claridad para que de ahí en adelante tengamos el beneficio para todos los contribuyentes.