Adaptarse a Estatuto de Oposición, hasta marzo | El Nuevo Siglo
Cortesía
Domingo, 6 de Enero de 2019
Redacción Política
Postura que ya anunciaron frente al Gobierno fue resuelta mediante disposición transitoria 

 

Hasta el 29 de marzo próximo tienen los partidos para modificar sus estatutos en los términos de la Ley 1909 de 2018 por medio de la cual se adoptó el Estatuto de la Oposición, así lo estableció el Consejo Nacional Electoral (CNE).

Dicha norma dispuso que las organizaciones políticas deberán hacer este proceso definiendo el mecanismo o autoridades competentes para realizar la declaración política acerca de su postura ante el Gobierno nacional, antes del 20 de julio de 2018. Sin embargo este plazo inicial fue aplazado.

Mediante la revisión de constitucionalidad del proyecto de ley estatuto de la oposición, la Corte con ponencia del magistrado Alejandro Linares en la sentencia C-018 de 2018 declaró exequible el artículo octavo de este texto y su parágrafo transitorio.

Sobre el particular señaló la Corte Constitucional en la citada sentencia “por último, en relación con el deber de modificación  de los  estatutos y la definición del mecanismo o autoridades competentes para hacer la declaración política antes del 20 de julio de 2018, esta Corte considera que se trata de una medida de transición normativa que permite que dentro de términos razonables los partidos y movimientos políticos con personería jurídica, en uso de su autonomía y libertad organizativa, realicen sus mejores esfuerzos para adecuar sus estatutos internos a la nueva regulación, con el fin de poder garantizar el desarrollo del derecho a la oposición regulado por este proyecto de ley bajo estudio. En esa medida se trata de una disposición de carácter operativo que no se opone a los contenidos de la Constitución y por ende será declarada exequible”.

En ese sentido el CNE amplió el plazo hasta el 29 de marzo próximo para que los partidos modifiquen sus estatutos en los términos del Estatuto de la Oposición, pues consideró este organismo que “es necesario armonizar a través de una medida provisional la efectividad del derecho a la oposición, permitiendo que aquellas organizaciones políticas que no han cumplido con los requisitos formales de su declaración política lo puedan hacer dentro de un término razonable”.

La declaración

El Estatuto de la Oposición establece en su Artículo 6°, que hace referencia a la declaración política, que “dentro del mes siguiente al inicio del Gobierno, so pena de considerarse falta al régimen contenido en la Ley 1475 de 2011 y ser sancionadas de oficio por la Autoridad Electoral, las organizaciones políticas deberán optar por: 1. Declararse en oposición. 2. Declararse independiente. 3. Declararse organización de gobierno. Las organizaciones políticas que inscribieron al candidato electo como Presidente de la República, gobernador o alcalde se tendrán como de gobierno o en coalición de gobierno. En consecuencia, mientras dure su mandato no podrán acceder a los derechos que se le reconocen a las organizaciones políticas de oposición o independientes, en la presente ley. Parágrafo. Las organizaciones políticas podrán por una sola vez y ante la Autoridad Electoral modificar su declaración política durante el periodo de gobierno”.

El pasado 7  de septiembre, atendiendo lo dispuesto en el Estatuto de la Oposición, los partidos y movimientos con personería jurídica presentaron al Consejo Nacional Electoral la declaración política sobre la postura que adoptarían frente a la administración de Iván Duque.

Los partidos que se declararon de la coalición de gobierno son el Centro Democrático, La U, el Partido Conservador, MIRA, Colombia Justa Libres y ASI.

Los partidos Liberal y Cambio Radical anunciaron que asumirían postura de independencia; en tanto que el bloque de la oposición está integrado por la Alianza Verde, el Polo, la Lista de la Decencia, el MAIS y el partido Farc.

Sin embargo, la decisión que cada una de estas colectividades adoptó sobre el particular fue producto del consenso entre sus respectivas directivas y bancadas, pues a la fecha no alcanzaron a modificar sus estatutos definiendo el mecanismo o autoridades competentes para realizar la declaración política acerca de su postura ante el Gobierno nacional.

Si bien la declaración política que realizaron los partidos acerca de su postura ante el nuevo Gobierno fue realizada mediante un mecanismo transitorio, no por ello carece de validez y podrá mantenerse durante los cuatro años de mandato.

Ahora bien, si las organizaciones políticas quieren cambiar su declaración política durante el periodo de este Gobierno, deberán hacerlo conforme al mecanismo y las autoridades competentes que fijen en la reforma estatutaria que, como se dijo, hasta el 29 de marzo próximo tienen plazo de realizar.