El Consejo Superior de la Judicatura definió las reglas y condiciones de bioseguridad mediante las cuales se prestará la atención al público en todos los despachos judiciales y dependencias administrativas del país a partir de ayer, primero de octubre, en razón de la pandemia generada por el coronavirus.
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Para ello, la Corporación expidió el Acuerdo 11632 mediante el cual se mantiene la restricción de ingreso a las sedes pero aumenta el aforo posible a un máximo del 40% de servidores judiciales y de usuarios para prestar servicios que requieran presencialidad.
El nuevo Acuerdo integra las medidas especiales para la prestación del servicio de justicia a partir del 1 de octubre en relación con ingreso y permanencia en las sedes de la Rama Judicial, condiciones de bioseguridad, trabajo virtual, horarios de recepción y condiciones de las labores realizadas en casa, disposiciones para los despachos judiciales y dependencias administrativas de la Rama Judicial.
El Acuerdo también precisa que las demandas, acciones, memoriales, documentos, escritos y solicitudes que se envíen a los despachos judiciales, después del horario laboral de cada distrito, se entenderán presentadas el día hábil siguiente; los despachos judiciales no confirmarán la recepción de estos mensajes de correo electrónico por fuera de las jornadas laborales sino hasta el día hábil siguiente.
Señala el Acuerdo que se podrán realizar las diligencias de inspección judicial, entrega y secuestro de bienes, salvo que los consejos seccionales de la judicatura determinen lo contrario, de conformidad con la información sanitaria que entregue el Ministerio de Salud y Protección Social.
En este último caso, los procesos en los que deban adelantarse dichas actuaciones se tramitarán de manera virtual en todo lo que no dependa de ellas o hasta el vencimiento del término probatorio, según corresponda.
Igualmente, se dictan normas especiales para los despachos judiciales y dependencias administrativas de la Rama Judicial de municipios sin afectación, de baja afectación y moderada afectación del coronavirus o covid-19.
En el caso de los despachos judiciales de Leticia y Puerto Nariño (Amazonas) el Acuerdo levanta la suspensión de términos que se había ordenado con anterioridad.