Polémica por posibles inhabilidades de Edgardo Maya | El Nuevo Siglo
Martes, 19 de Agosto de 2014

El exprocurador Jaime Bernal manifestó Edgardo Maya no está inhabilitado para ser elegido hoy contralor general por el hecho de haber sido conjuez, explicando ese ejercicio es una función pública transitoria.

"Ningún conjuez queda inhabilitado para ejercer la profesión, ni para ejercer otra funciones. En consecuencia no me parece que no es un argumento de fondo pretender inhabilitar a una persona para ocupar un alto cargo, solo por el hecho de colaborar en la justicia", precisó.

Como lo publicó la semana pasada EL NUEVO SIGLO, tres posibles inhabilidades para la elección de Maya planteó el procurador Alejandro Ordoñez en un concepto enviado al senador Ángel Custodio Cabrera, del Partido Social de Unidad Nacional (La U), presidente de la Comisión de Acreditación.

Las inhabilidades se refieren a la edad de retiro forzoso, a las circunstancias de su elección y al hecho de haber ejercido como conjuez durante los últimos 365 días.

Para Ordóñez “uno de los ternados ha ocupado cargo público de orden nacional en el año inmediatamente anterior a esta elección, dicha inhabilidad se concretaría por haber sido conjuez de una alta corte”.

Aunque el procurador Ordóñez reconoció que jurídicamente su concepto no es vinculante porque la conveniencia de la elección “le compete al órgano elector”, es decir el Congreso, y una eventual nulidad sería “competencia de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa”, en todo caso advirtió “que esta situación podría tener una incidencia disciplinaria de la cual conocería eventualmente el despacho del Procurador General de la Nación, pues, elegir o nombrar a pesar de la existencia de una inhabilidad puede dar lugar a la realización de una falta disciplinaria gravísima”.

Así, le señaló Ordóñez a Cabrera, “la única solicitud que en esta oportunidad puedo hacer, de la forma más respetuosa a la Comisión de Acreditación del Senado es que para la elección se tengan en cuenta estos y otros aspectos del respectivo proceso electoral, con el fin de que se cumpla con total apego al ordenamiento jurídico”.