Una solicitud de revocatoria, revisión o reconsideración hizo la Procuraduría General en cuanto al concepto del Consejo Nacional Electoral en el que dice que los partidos políticos y los movimientos significativos de ciudadanos no pueden aparecer en el tarjetón con un logosímbolo con el nombre y/o apellido y/o la fotografía de una persona, como lo pretende el Centro Democrático con la imagen de Álvaro Uribe. Por esto también el Ministerio Público solicitó al Registrador Nacional abstenerse de aplicar el concepto.
Así lo señaló ayer la procuradora delegada María Eugenia Carreño, argumentando que los partidos son autónomos en adoptar el logo que escogen, siempre y cuando no violen los principios del estatuto básico de los partidos políticos.
"Cada partido puede escoger su propio logo, siempre y cuando no se usen símbolos patrios o no se utilicen para símbolos antidemocráticos, circunstancias que no se presentaron”, explicó Carreño.
Agregó que al parecer el CNE “no entendió el propósito de la imagen y que con ese concepto se afecta la libertad de los partidos”.
El 3 de octubre pasado el registrador Nacional, Carlos Ariel Sánchez, elevó una consulta ante el Consejo Nacional Electoral sobre si los partidos y movimientos políticos con personería jurídica así como los movimientos significativos de ciudadanos pueden aparecer en la tarjeta electoral con los nombres o la fotografía, o ambas al mismo tiempo, de una persona.
Esta consulta del Registrador Nacional se dio a propósito de la intención del movimiento uribista de presentar sus listas al Congreso y su candidato presidencial con el nombre de Uribe Centro Democrático y la foto del expresidente Álvaro Uribe Vélez, quien encabeza la lista al Senado.
El 31 de octubre pasado el Consejo Nacional Electoral señaló en un concepto que permitirle a los movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos ubicar en la tarjeta electoral el nombre y fotografías de una persona desconoce el derecho a la igualdad a los partidos y movimientos políticos con personería jurídica.
Dicho concepto, que como tal no es de obligatorio cumplimiento para la Registraduría Nacional, levantó ampollas en el Centro Democrático, donde su candidato presidencial, Óscar Iván Zuluaga, dijo que “la decisión del Consejo Nacional Electoral de no permitir el uso de la imagen del expresidente Álvaro Uribe en el tarjetón electoral es contraria a la Constitución, a la ley y a la jurisprudencia vigente. Nunca antes se había impedido el uso de la imagen de un candidato para tal efecto”.
Zuluaga dijo también que insistirán en la presencia de la imagen del exmandatario en el logosímbolo para lo cual recurrirán a la tutela y demás recursos jurídicos.
Acogerían concepto
EL NUEVO SIGLOintentó sin éxito comunicarse con el registrador Sánchez Torres para conocer qué hará frente a la situación que se presenta para la entidad que dirige por los dos conceptos encontrados que tiene sobre la mesa, el del Consejo Electoral y el de la Procuraduría.
Sin embargo, el funcionario dijo en días pasados que “el concepto del CNE ratifica la doctrina sostenida por esa corporación, vigente desde el año 2006, que fue expresada en las resoluciones 158 y 159 de febrero de 2006 y en el oficio 036 de 2006 del CNE. Excepciones a esta disposición se generaron por vía de tutela, pero es importante contar con un concepto general que garantice el derecho a la igualdad para todos los partidos y candidatos".