El Magistrado niega también que el proyecto que radicó en el Congreso busque ampliar o cambiar el régimen de inhabilidades e incompatibilidades de los congresistas.
Por Luis Augusto Aponte Tinoco
Periodista de EL NUEVO SIGLO
EL PROYECTO de Reforma a la Justicia que radicó el Consejo de Estado no busca concentrar poderes o facultades en ese alto Tribunal, afirmó su presidente Mauricio Fajardo. De igual manera, el Magistrado señaló que dicha iniciativa tampoco busca ampliar o cambiar el régimen de inhabilidades e incompatibilidades de los congresistas, que acarrean la respectiva pérdida de investidura.
De esta manera, Fajardo se defendió de las críticas que ha recibido el proyecto radicado por el máximo tribunal de lo Contencioso Administrativo. En diálogo con EL NUEVO SIGLO, el presidente del Consejo explicó los alcances de la iniciativa, y señaló que está a la espera de sentarse con el Gobierno para explicarle los análisis que sustentan la propuesta de aumentar como mínimo a cinco por ciento del Presupuesto de la Nación el rubro que debe destinar a la Rama Judicial anualmente.
EL NUEVO SIGLO: ¿Es verdad que con el proyecto de Reforma judicial que radicó el Consejo de Estado se convierte al Consejo Superior de la Judicatura en oficina de control interno del máximo Tribunal de lo Contencioso Administrativo?
MAURICIO FAJARDO: De ninguna manera, el proyecto no tiene ese propósito, ni ese alcance. Sencillamente lo que se ha examinado por parte del Consejo de Estado es que, según una larguísima tradición jurídica en el país, el ejercicio de cualquier función disciplinaria es de naturaleza eminentemente administrativa. No solamente eso pesa dentro de la propuesta, que finalmente decidió formular el Consejo de Estado, sino que también se pretende consultar el principio y a la vez derecho fundamental a la igualdad, porque no es fácil entender ni explicar por qué razón si dos servidores públicos son investigados y sancionados disciplinariamente por una misma falta, la generalidad de los servidores públicos tengan derecho a acudir ante la jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, para que los jueces que la integran efectúen un control de legalidad respecto del acto administrativo que le hubiere impuesto la sanción disciplinaria, pero que el otro funcionario o el otro servidor público, por ser un juez de la República, que igualmente hubiese sido sancionado en forma disciplinaria por el Consejo Superior de la Judicatura, pierda esa posibilidad, ese derecho, porque se le diga que la decisión no es administrativa sino jurisdiccional. La verdad, no se entiende con claridad cuál puede ser la razón que determine o justifique una diferenciación de esa naturaleza, y por esa razón el Consejo de Estado, sin el ánimo de molestar, ni incomodar a ninguna autoridad ni a alguna de las corporaciones que actualmente existen, estima que la función disciplinaria, independientemente de quien la ejerza, debe tener naturaleza administrativa, y que ello deba cobijar también a los funcionarios, jueces, magistrados de la Rama Judicial, que deberán tener las mismas posibilidades y los mismos derechos que tienen todos los servidores públicos del país, cuando afrontan decisiones de naturaleza disciplinaria.
ENS: ¿Lo que propone entonces el Consejo de Estado es que los fallos de la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura sean sólo actos administrativos?
MF: Esa es parte de la propuesta que hace el Consejo de Estado, pero no con el enfoque exclusivo de restarle o modificarle una naturaleza específica a las decisiones disciplinarias del Consejo Superior de la Judicatura, sino consultando la regla general, para que tal como sucede con la inmensa mayoría de la casi totalidad de decisiones disciplinarias que hoy hay en el país, todas ellas participen de una misma naturaleza, la que corresponde a los actos administrativos.
ENS: ¿Por qué los delegados de los magistrados en la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, deben ser de libre nombramiento y con un perfil más gerencial, tal como lo propone la propuesta del Consejo de Estado?
MF: La propuesta que hace el Consejo de Estado, con respecto de la integración de la Sala Administrativa, busca mantener un equilibrio a través de seis integrantes de esa Sala, para que tres de ellos tengan un perfil eminentemente jurídico, que sean abogados, con amplísima experiencia, pero que otros tres integrantes de esa Sala provengan de disciplinas distintas, de profesiones contables, administrativas, financieras, puesto que, al fin y al cabo, las funciones que está llamada a cumplir la Sala Administrativa, como su nombre lo indica, son mucho más de tipo gerencial y encaminadas a ejecutar todas las directrices y políticas que dictaría, de aprobarse ese esquema propuesto por el Consejo de Estado para el gobierno de la Rama, la Sala de Gobierno. Dicha Sala dictaría las directrices y orientaciones básicas con arreglo a las cuales debería adelantarse toda la organización y funcionamiento de la Rama, en lo que significa dotarla de los recursos necesarios para que los jueces puedan cumplir sus funciones, sin tener que ocuparse de asuntos distintos.
ENS: ¿El proyecto de Reforma a la Justicia que propone el Consejo de Estado acumula demasiadas competencias para esa alta Corte, tal como lo han sostenido algunos?
MF: De ninguna manera. El proyecto de reforma que ha formulado el Consejo de Estado simplemente procura introducir algunos ajustes en la organización y funcionamiento de la Rama Jurisdiccional, pero de ninguna manera tiene ninguna clase de propósito encaminado a concentrar poderes o facultades en cabeza del Consejo de Estado, porque sencillamente a éste se le mantienen las mismas atribuciones que en el ordenamiento hoy vigente, que consagran la Constitución y la Ley, para que sean ejercidas por esa corporación.
ENS: La iniciativa que ustedes formularon no fue consultada con las otras Cortes. ¿Por qué?
MF: Esta es una propuesta que estudió, examinó, debatió y finalmente adoptó el Consejo de Estado. Naturalmente compromete única y exclusivamente a la corporación que tengo el honor de presidir. El Consejo de Estado se encuentra facultado o legitimado por la Constitución Política para poder presentar al Congreso de la República proyectos de actos modificatorios de la Constitución en estas materias, y en esta oportunidad su contenido se refiere a los asuntos propios de la administración de Justicia.
ENS: ¿El proyecto del Consejo de Estado contempla más inhabilidades para los congresistas?
MF: En relación con el régimen de inhabilidades e incompatibilidades que la Constitución Política consagra respecto de los congresistas, las cuales en la inmensa mayoría de los casos son a su turno constitutivas de causal de la pérdida de investidura, el Consejo de Estado examinó ese régimen y hace unas propuestas ante el Congreso de la República para efectos de mejorar, complementar o formular de manera mucho más técnica aquellas que hoy están consolidadas en la misma Carta. En algunos puntos específicos es posible que resulte un régimen más exigente, pero el propósito no es ni ha sido el de ampliar o cambiar el régimen de inhabilidades e incompatibilidades de los congresistas, sino hacerlo más preciso y más claro, para que de esa manera sea también mucho más fácil entender la operatividad de esas causales, cuando las mismas se erigen en causal de pérdida de investidura que, respecto de los congresistas, debe juzgar precisamente el Consejo de Estado.
ENS: ¿Se le debe retirar la facultad a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia para que investigue a los congresistas?
MF: Ese es un tema que hay que examinar y revisar con cuidado en el marco del debate que se está dando y que se debe dar al proyecto de reforma constitucional en el Congreso de la República. El tema naturalmente tiene implicaciones serias e importantes, pero creemos que los primeros llamados a pronunciarse sobre estos puntos concretos son los integrantes de la Corte Suprema de Justicia, porque tiene que ver con un asunto propio y específico de las competencias que hoy están atribuidas a esa corporación.
ENS: ¿Cuáles son las atribuciones judiciales que le preocupa tendrá el Ministerio de Justicia?
MF: Ese es un tema que debe ser objeto de examen, análisis y revisión, porque en el decreto ley, mediante el cual se dispuso la creación del Ministerio de Justicia y del Derecho, se fijaron de manera específica unas funciones de naturaleza jurisdiccional, que si se miran en armonía con previsiones contenidas en la ley y que recoge el Plan Nacional de Desarrollo, se llega a la conclusión de que la idea es que el Ministerio de Justicia funja como juez que ejerza funciones de naturaleza judicial, cuando se trate, entre otras, de dirimir conflictos en materia de derecho de la competencia, conflictos relacionados con las relaciones entre los clientes y sus bancos por ejemplo; funciones judiciales que hoy desempeñan la Superintendencia de Industria y Comercio o la Superintendencia Financiera. Pero que estas funciones sean ejercidas por el Ministerio de Justicia, creo que vale la pena que se examine con cuidado las implicaciones que ello pueda tener y amerita unas reflexiones juiciosas por parte de todas las Ramas del Poder Público que integran el Estado.
ENS: ¿Usted cree que el Gobierno busca privatizar la Justicia con la propuesta que hace de entregarle facultades judiciales a abogados?
MF: Esa es una interpretación, una lectura que se ha dado a esa propuesta, y en ese punto resulta fundamental examinar y conocer con mayor profundidad las justificaciones que el Gobierno nacional expone para sustentar esa propuesta, que en cualquier caso sería eminentemente transitoria o temporal, nunca llamada a operar como una medida permanente para el ejercicio de funciones jurisdiccionales.
ENS: ¿Usted estaría de acuerdo con que se unificaran los proyectos de reforma judicial que radicó el Gobierno con el que propuso el Consejo de Estado?
MF: Esa es una decisión que le compete al Congreso de la República, y naturalmente estamos a la expectativa de la forma en que se adelante el trámite de estos proyectos, y cualquiera que sea el caso, reafirmamos nuestra disposición y nuestra voluntad para continuar haciendo esfuerzos encaminados a buscar, bien sea a través de un solo proyecto unificado, o a través del curso de los dos proyectos en forma independiente, las mejores y las más adecuadas soluciones para asegurar y garantizar, para beneficio del país y de la administración de Justicia, una reforma que facilite, que permita y mejore tanto la función como el mejoramiento de la administración de Justicia en Colombia, y les dé a los colombianos la posibilidad de contar, como siempre ha sido, con una administración de Justicia oportuna, pronta, de calidad, transparente y muy ágil.
ENS: ¿El Consejo de Estado estaría dispuesto a renunciar a la propuesta de cinco por ciento del presupuesto que se le debe destinar a la Rama, en aras de que haya un consenso en el Congreso?
MF: Naturalmente tenemos que decir que si el debate no ha iniciado formalmente en el Congreso de la República, resulta demasiado temprano pensar siquiera en dejar de lado aspectos fundamentales del proyecto elaborado por el Consejo de Estado, a cuya formulación se llegó después de un análisis muy serio, muy detallado, muy sopesado, y por eso resulta en estos momentos impensable o demasiado prematuro hacer esa clase de planteamientos.
ENS: ¿No le va mostrar ese análisis al presidente Santos, quien dijo que para estipular un porcentaje fijo del Presupuesto para la Rama Judicial tiene que estar basado en informes detallados?
MF: Esperamos tener oportunidad de sentarnos a dialogar sobre estos puntos específicos, tanto con el Congreso de la República, como con el Gobierno Nacional, para poder compartir los análisis y las fuentes que sirvieron de fundamento para formular la propuesta que finalmente tiene en este momento en su consideración el Congreso de la República.
ENS: ¿Creen ustedes en la palabra del presidente Santos, quien dijo que no se les va a quitar ni a la Corte Suprema de Justicia, ni al Consejo de Estado la facultad de ser el órgano de cierre de sus respectivas jurisdicciones?
MF: En ese punto nosotros registramos con enorme satisfacción y alegría el anuncio que hizo la semana pasada el Presidente de la República, porque creo que eso va allanando el camino para que, en forma conjunta y colectiva, avancemos en la búsqueda de consensos y de soluciones que podamos impulsar conjuntamente en el Congreso de la República, y que faciliten, si ello es posible, la consideración y el tránsito mismo de las iniciativas correspondientes.
ENS: ¿Estará en peligro la aplicación del nuevo Código de lo Contencioso Administrativo por falta de Presupuesto de la Rama, que ustedes han puesto en conocimiento?
MF: Estamos haciendo muchos esfuerzos, y hemos tenido respuesta positiva y valiosa del Gobierno nacional para que en el Presupuesto General de la Nación se apruebe para la vigencia del año 2012 y podamos disponer de todos los recursos que sean necesarios para garantizar la puesta en marcha del nuevo Código de Procedimiento Administrativo, y así garantizarle al país que esta nueva codificación podrá entrar en aplicación, sin que haya dificultades ni sobresaltos por razón de los requerimientos que deben empezar desde ya a satisfacerse, para que las nuevas disposiciones operen normalmente. Con ese propósito, también con el concurso y el apoyo de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, se están, de otro lado, impulsando las actividades que desde esta vigencia tienen que impulsarse para que de aquí a junio del próximo año se puedan realizar las inversiones y obras encaminadas a adaptar o a construir las salas de audiencias, adquirir e instalar equipos de grabación, de comunicación y otras muchas que se requieren para que el Código entre en funcionamiento. Somos muy optimistas acerca de este punto y esperamos que no haya necesidad en modo alguno de contemplar escenarios distintos al que hoy tenemos trazado por la propia Ley, consistente en que el dos de julio del año 2012 entre en aplicación el nuevo Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.