La Superintendencia de Salud, por medio de un comunicado manifestó que no dará cumplimiento a la orden de “retoronar a sus propietarios” tal y como lo había señalado el Juez Laboral del Circuito de Cali.
De acuerdo con el ente de control, “la principal misión de la Supersalud es velar por la protección de los usuarios, por lo que la aplicación de la orden del juez –por las razones explicadas- pondría en grave peligro la vida y la salud de los cientos de miles de afiliados a esa EPS”.
En el comunicado, Supersalud pone en evidencia las fallas que presenta el centro de salud, alguno apartes manifiestan lo siguiente: “En la actualidad, la EPS no ha superado las condiciones que llevaron a la decisión de intervención forzosa para liquidar y no cumple con las condiciones de permanencia y operación en cuanto al mínimo de afiliados, ya que a 30 de noviembre contaba con 234.740, muy por debajo del número de afiliados mínimo exigido por la normatividad vigente”.
La EPS no tiene las condiciones de capacidad tecnológica y científica para su permanencia, porque:
a. No da cumplimiento a las metas de protección específica.
b. No cuenta con sistemas de detección temprana y atención de las enfermedades de interés en salud pública incluidas en el plan de beneficios.
c. No ha implementado, ni puesto en funcionamiento los procesos y procedimientos para la administración del riesgo en salud de sus afiliados.
d. Tampoco ha implementado la operación y adecuación de la red de prestadores de servicios y del sistema de referencia y contra referencia acorde con el perfil sociodemográfico y epidemiológico de los afiliados, que garantice la suficiencia, integralidad, continuidad, accesibilidad y oportunidad.
Finalmente, en el texto se expresa lo siguiente: “El Superintendente asume la responsabilidad exclusiva de esta decisión y espera que en la segunda instancia se corrija el exabrupto”.