Para el segundo semestre de este año sería necesaria la creación de más juzgados de restitución de tierras ante la avalancha de demandas que presentaría la Unidad de Restitución, luego de verificar las pretensiones de quienes alegan que les fueron arrebatadas en el marco del conflicto armado.
Hasta el momento se han creado 39 juzgados de tierras, 24 el año anterior y 15 en lo que va corrido de 2013; además se han creado también 5 salas de tribunal, cada una de éstas con 3 magistrados, en diferentes regiones.
En este sentido la idea que tiene la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura es crear el número de juzgados que sea necesario, dependiendo de la forma como se incrementen las demandas de reclamación.
Hasta el momento se han cumplido las metas en cuanto al número de juzgados y salas de tribunal operando, que ha sido suficiente de acuerdo a las demandas que se han presentado, sin embargo, EL NUEVO SIGLO conoció que el Gobierno le anunció al Consejo Superior de la Judicatura que para el segundo semestre del presente año tendrá listo un importante número de nuevas demandas.
La Unidad de Restitución de Tierras ha recibido 39 mil solicitudes por cerca de 2.500.000 hectáreas, de las cuales ya tiene estudiadas cerca de 6 mil demandas que estarían presentando ante los 39 juzgados de restitución de tierras, es cuando seguramente será necesaria la creación de por lo menos 15 más antes de que finalice el presente año.
La Ley de Víctimas junto con su componente de Restitución de Tierras entró en vigor en enero de 2012, luego de superar un arduo y largo debate en el Congreso.
Cuando apenas transcurrían los primeros 20 días de su aplicación, es una de las apuestas más ambiciosas del gobierno Santos, pues pretende reparar administrativamente a cerca de cuatro millones de afectados a partir del año 1985 durante el conflicto armado que vive el país, ya habían sido presentadas 7.588 solicitudes ante la Unidad de Restitución de Tierras.
El procedimiento de restitución de tierras establecido en la Ley 1448 de 2011 (Ley de Víctimas) contempla dos etapas: una primera de carácter administrativo que inicia con la recepción y estudio de viabilidad técnica y jurídica de cada una de las solicitudes, la documentación de los casos, y que culmina con la inscripción en el Registro de tierras despojadas y abandonadas forzosamente; y un segundo momento de carácter judicial, que se surte ante los jueces y magistrados especializados en restitución de tierras, quienes deciden de fondo sobre la restitución y/o formalización de los predios.
La Unidad también se encarga de la representación jurídica, en los casos en que las víctimas así lo soliciten.
Sentencias
Ya se han producido varias sentencias por parte de los jueces de restitución de tierras, la más reciente el miércoles pasado, el primero en el Valle del Cauca por parte delJuzgado Primero Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de Cali, que falló a favor de un octogenario a quien la guerrilla le había quitado un predio ubicado en el sector de Felidia, en zona rural de esta ciudad.