El Tribunal Superior de Bogotá anuló el fallo que ordenaba el reintegro de Ana María Castaño a su cargo en la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD). La medida se tomó debido a que se vulneraron los derechos al debido proceso, defensa y contradicción de Leónidas Name Gómez, quien había sido designado en el puesto que anteriormente ocupaba Castaño.
El conflicto inició cuando el 25 de abril de 2024, una juez del Juzgado 31 Penal del Circuito de Conocimiento de Bogotá dictaminó que Ana María Castaño debía ser reintegrada a su puesto como secretaria general de la UNGRD. Esta decisión se basó en que Castaño, que había sido declarada insubsistente, no podía ser removida debido a su estado de embarazo conocido al momento de su destitución.
Sin embargo, el Tribunal Superior de Bogotá encontró que en el proceso judicial que llevó a dicha decisión no se consideraron los derechos de Leónidas Name Gómez, quien había asumido el cargo el 8 de abril de 2024. Name Gómez no fue informado ni tuvo la oportunidad de participar en el procedimiento judicial que afectaba directamente su posición laboral. En su sentencia, el tribunal declaró: “No fue vinculado al trámite constitucional, pese a su evidente interés en el resultado de la actuación”.
Adicionalmente, el Tribunal criticó la actuación de la juez 31 Penal del Circuito de Conocimiento, quien no resolvió un incidente de nulidad interpuesto por la UNGRD. En lugar de ello, se limitó a corregir una fecha en el fallo inicial sin abordar las preocupaciones planteadas sobre la posible nulidad del proceso. Según el Tribunal, “la juez de instancia nada dijo al respecto, limitándose a corregir la fecha del fallo de tutela”.
Esta cadena de irregularidades en la revisión de la tutela presentada por Castaño llevó al Tribunal a decretar la nulidad de todo lo actuado desde la admisión de la tutela. Ordenaron que el Juzgado de Origen proceda a subsanar las irregularidades, haciendo la salvedad de que las pruebas allegadas conservarán su valor.
Carlos Carrillo, director de la UNGRD, expresó su satisfacción con la decisión del Tribunal, calificándola como "justa". Carrillo había declarado insubsistente a Castaño el 2 de abril de 2024, alegando que ella obstaculizaba su gestión en la entidad. Carrillo no solo celebró la anulación del fallo de tutela sino también mencionó en sus declaraciones que estaba dispuesto a enfrentar las consecuencias de su decisión.