Ayer se realizó la audiencia de cierre y recepción del sobre único del proceso de Selección Abreviada TMSA-SAM-20-2018 para adjudicar el patio de las Américas dentro del proceso de compra y operación de la flota de buses correspondientes a las Fases I y II de Transmilenio.
A la audiencia pública se presentaron cuatro oferentes: Estructura plural Somos Missandei Milenio, Compañía Colombiana de Transporte Masivo Gran Américas, Promesa de Sociedad Futura Masiva Bogotá S.A.S. y FCP SGA Alternativo y su compartimento TM
Transmilenio ratifica que este proceso se viene adelantando con total transparencia y con todas las garantías para los proponentes de este proceso de selección abreviada.
Mientras toda la información está publicada en la plataforma Secop II, que es de acceso público, el Juzgado 62 Administrativo del Circuito de Bogotá declaró improcedente la acción constitucional de amparo promovida por las empresas Green Bogotá y Actin Transport contra Transmilenio S.A.
Sobre lo anterior, Green Bogotá señaló que el fallo de tutela no se pronunció de fondo sobre las violaciones al debido proceso alegadas por Green Bogotá y Actin Transport, como ha sostenido Transmilenio de manera equivocada.
Proceso
“Las empresas licitantes insisten en que se dieron serias violaciones al debido proceso en la declaratoria de desierta de la licitación para suministrar y operar el Lote de Flota Uno–Las Américas de Transmilenio. Por tal razón se agotará el trámite de impugnación del fallo ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca. Esperamos que en esta estancia judicial se amparen los derechos fundamentales de Green Bogotá, de Actin Transport y de todos los bogotanos”, indica Green Bogotá.
Anuncian que impulsarán acciones legales adicionales para que, en cumplimiento de la ley, la ciudad pueda tener un transporte público masivo con tecnologías limpias y con cero emisiones. “Green Bogota y Actin Transport fueron descalificados en la licitación para suministrar y operar el Lote de Flota Uno–Las Américas de Transmilenio por un insignificante tecnicismo que de ninguna manera violaba el ordenamiento legal”.
En su defensa, Tramilenio le respondió al juez que “no ha vulnerado el derecho al debido proceso alegado por la parte accionante”, y para ello expuso varias resoluciones (como la 675 del 2018, sobre el proceso de adjudicación) y documentos referidos a los procesos de licitación números TMSA- LP- 001-2018 Y TMSA- LP- 001-2018, por lo que “no existe una vulneración real, o siquiera una amenaza, a los derechos fundamentales de los accionantes”, se lee en el documento judicial.
Razones
Por su parte, la Procuraduría apuntó que el proceso de adjudicación –y declaración de desierto en lo correspondiente a la troncal Américas– adelantado por TM, que “asistió a la audiencia en calidad de observador, pero que en el desarrollo de la misma ninguna persona presentó algún tipo de queja o documento relacionado con el acto administrativo de adjudicación”.
En sus consideraciones, el juzgado dice que “la acción de tutela resulta improcedente para controvertir los actos administrativos, comoquiera que en la jurisdicción contenciosa administrativa existe la vía judicial apropiada para impugnarlos”, y por lo anterior resuelve “declarar la improcedencia de la protección constitucional de tutela pedida por Green Bogotá contra TransMilenio S. A.”.
El documento (con fecha del 27 de noviembre del 2018) resuelve: “Si no fuera impugnada la decisión dentro de los 3 días siguientes a su notificación, se enviará a la Corte Constitucional para su eventual revisión”.