MOE dice que hay que buscar alternativas porque así el mecanismo no va para ninguna parte
______________
Este año, dos de las ocho revocatorias de mandato de Alcalde que se han realizado hasta el momento en diferentes regiones del país han producido hechos que, se podría decir, se ubican en las antípodas.
El pasado 29 de julio fue revocado el Alcalde del municipio de Tasco (Boyacá), un hecho significativo porque por primera vez se alcanzó este resultado desde que se puso en vigor este mecanismo y tras 128 jornadas verificadas que se hundieron debido a que no cumplieron el umbral de participación. En tanto que el domingo pasado se presentó en Herveo (Tolima) un descalabro, pues apenas participaron 17 personas de 1.464 sufragios requeridos para que prosperara.
Lo sucedido en Herveo renueva las críticas contra la revocatoria de mandato de alcaldes y gobernadores, pues no son pocos los que consideran que a lo largo del tiempo este mecanismo de participación popular ha demostrado que es inoficioso porque la gente no participa y es un desangre para el erario, por lo que le cuesta a la Registraduría Nacional del Estado Civil organizar cada una estas justas.
Incluso se ha dicho que estas revocatorias en los últimos años han desvirtuado el espíritu que animó su inclusión en la Constitución, pues serían aprovechadas con fines políticos por parte de los grupos que pierden en las elecciones y quieren de esta forma sacar del cargo a su contrincante.
La finalidad de la revocatoria parte de que así como los ciudadanos eligen a su Alcalde, puedan revocarlo si no cumple con el programa de gobierno al que se comprometió o si la inconformidad por su gestión es generalizada.
No obstante, para la directora ejecutiva de la Misión de Observación Electoral, Alejandra Barrios, no hay que acabar el mecanismo sino hacer ajustes para hacerlo funcional y para que se le siga asegurando a los ciudadanos su derecho a manifestarse en las urnas.
Barrios indicó además que la escasa participación en el municipio de Herveo en la revocatoria se explica porque se perdió el interés en la ciudadanía y en el mismo comité impulsor de la iniciativa, ya que si hubiera ganado la opción del Sí para que el acalde Nondier Arias dejara el despacho, ello no obligaría a realizar nuevas elecciones en vista de que faltan menos de 18 meses para cumplir el período, sino que el Gobernador del Tolima tendría que nombrar a dedo al nuevo Burgomaestre.
Vale recordar que esta revocatoria estaba programada para hacerse en noviembre pasado, y luego fue reprogramada en dos fechas más, pero no se había realizado por falta de recursos, como lo adujo el Ministerio de Hacienda.
Entre 1996 y 2017 se llevaron a cabo 127 procesos de revocatoria del mandato en las urnas; sin embargo, ninguna obtuvo el umbral aprobatorio requerido. Asimismo, sigue en pie porque es uno de los siete mecanismos de participación ciudadana, junto con el voto, previstos por la Constitución.
Hasta hace un tiempo se decía que los exigente requisitos que estableció la Ley 134 de 1994 no permitían que se materializara la voluntad de los ciudadanos de revocarle el mandato a su Alcalde por no estar satisfechos con su labor, pues se exigía recoger un número de firmas de respaldo a la iniciativa equivalente al 40% de los votos obtenidos por el Mandatario.
La Ley 1757 de 2015 flexibilizó estos requisitos reduciendo el número de firmas de apoyo al 30% de los votos obtenidos por el elegido y el umbral de participación al 40%.
La propuesta
La Directora de la MOE explicó a EL NUEVO SIGLO su percepción sobre lo ocurrido en Herveo el pasado fin de semana: “Eso tiene una sola explicación, ni siquiera el comité promotor salió a votar porque ellos lo que estaban esperando era la posibilidad de una elección. En la medida de que no había elección porque ya tenemos menos de 18 meses antes del nuevo gobierno, es decir, es el Gobernador es el que elige quién es el Alcalde que queda en encargo, entonces no se movieron”.
Por ello, Barrios se preguntó: “¿Uno qué tendría que ver frente a esos temas? Y creo que es muy serio de mirarlo: obviamente no se le puede exigir a los promotores un determinado número de votos, pero lo que sí tendríamos que poder avanzar es hacia una fecha en el primero y en el segundo semestre a partir del segundo y el tercer año (de los cuatro años del período del Alcalde) para la realización de todas las consultas populares y todas las revocatorias de mandato. Eso es lo fundamental porque si no lo que estamos haciendo es un desangre al erario, pero no podemos restringir los mecanismo de participación”.
Añadió la experta en temas electorales que “si queremos ser inteligentes y optimizar los recursos, deberíamos tener una fecha para todos los mecanismos diferentes a los de carácter nacional y locales para la realización de revocatorias de mandato y de consultas”.
Considerando que el período de los actuales alcaldes va de enero de 2016 a diciembre de 2019, explicó que toca una misma fecha, es decir, “que, por ejemplo, uno pudiera decir que todas las revocatorias de mandato del 2018 se van a hacer en el primer semestre en la segunda semana de marzo, que no coincida con las elecciones generales”.
Barrios sentenció que “dejaría el año 2017 y 2018 primer semestre. Los otros años no tienen revocatorias de mandato pero pueden tener consultas populares un mismos día. Por ejemplo la de anticorrupción, ese mismo día se podrían haber hecho todas las consultas populares que hacían falta”.
Revocatorias de alcalde 2018
Herveo (Tolima) 16 de sep/18 No alcanzó umbral
La Calera (Cundinamarca) 9 de sep/18 No alcanzó umbral
Cicuco (Bolívar) 19 ago/18 No alcanzó umbral
Cumaral (Meta) 12 ago/18 No alcanzó umbral
Sogamoso (Boyacá) 29 jul/18 No alcanzó umbral
Tasco (Boyacá) 29 jul/18 Alcalde revocado
San Pelayo (Córdoba) 15 jul/18 No alcanzó umbral
El Peñón (Bolívar) 24 jun/18 No alcanzó umbral