El Ministerio de Salud (MinSalud) dió a conocer una propuesta de resolución que busca controlar, limitar y regular de manera estricta el contenido de grasas trans industriales y aceites parcialmente hidrogenados en los productos alimenticios.
La iniciativa establece que los productos alimenticios no podrán exceder los dos gramos de grasas trans por cada 100 gramos de grasas totales.
Esta nueva medida pretende reducir los riesgos asociados a enfermedades cardiovasculares, siguiendo las recomendaciones internacionales y ajustando la normativa a estándares más rigurosos.
La regulación, aún en fase de borrador, marca un avance significativo en la política alimentaria del país, alineándose con las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y adaptándose a normativas internacionales.
La propuesta establece que los alimentos envasados no podrán contener más de dos gramos de grasas trans por cada 100 gramos de grasas totales. Además, se prohibirá el uso de aceites parcialmente hidrogenados tanto en la producción de alimentos como en la preparación gastronómica.
Una de las novedades más destacadas es el cambio en la forma en que se debe reportar el contenido de grasas trans en las etiquetas de los productos. De acuerdo con la nueva normativa, las etiquetas deberán especificar el contenido en miligramos por cada 100 gramos o mililitros del producto, y también por porción, en lugar de proporcionar información general. Esta modificación tiene como objetivo proporcionar a los consumidores datos más precisos para tomar decisiones informadas sobre su alimentación.
Para facilitar la transición hacia estas nuevas normativas, el Ministerio ha propuesto un período de adaptación de 18 meses para que las empresas ajusten sus productos a los nuevos límites. No obstante, la prohibición del uso de aceites parcialmente hidrogenados tendrá un plazo de implementación de 36 meses. Según la resolución, “los productos fabricados y comercializados antes de la entrada en vigencia de esta normativa deberán agotarse dentro de los seis meses siguientes al término del período de adaptación”.
El proceso de implementación y verificación del cumplimiento estará a cargo del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima), que utilizará métodos analíticos estandarizados para asegurar que los productos cumplan con los requisitos establecidos. Esta medida también responde a las recomendaciones de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), que ha solicitado ajustes técnicos y la exclusión de las grasas trans naturales del cálculo para los sellos de advertencia.
Con esta propuesta, el MinSalud busca no solo mejorar la calidad de los alimentos disponibles en el mercado, sino también promover una dieta más saludable y prevenir enfermedades relacionadas con el consumo excesivo de grasas trans. La comunidad científica y la industria alimentaria están a la espera de la aprobación final de esta normativa, que podría tener un impacto significativo en los hábitos alimenticios de los colombianos.