No se pudo debatir, este martes, por falta de asistencia de los ministros el proyecto que prorroga por cuatro años la vigencia de la Ley de Orden Público que se vence el 18 de diciembre, por lo que las comisiones primeras fueron convocadas este miércoles.
El informe de ponencia advierte que si no se logra la prórroga de la Ley el Gobierno encontraría mayores obstáculos para la consolidación de la política de seguridad y lucha contra la criminalidad en las ciudades así como en las áreas rurales y no podría responder de manera oportuna, efectiva e integral a las acciones de los grupos armados al margen de la ley y a las dificultades que surgen en los casos de alteración del orden público.
El Gobierno nacional propone extender la vigencia de la norma considerando que es necesario enfrentar y derrotar de manera definitiva la ilegalidad, entendida como aquellos que operan por fuera del marco legal y atentan contra nuestro orden público.
Además de prorrogar la vigencia, el proyecto de reforma tiene una incidencia en el escenario de la desmovilización y de reintegración de las personas desmovilizadas.
En el informe se justifica la prórroga con que la ley hasta ahora ha permitido la creación de los instrumentos necesarios para avanzar en la búsqueda de la seguridad y convivencia ciudadana, tanto a nivel nacional como a nivel territorial, en especial en los programas de protección en derechos humanos, atención a las víctimas del terrorismo, negociación de procesos con los grupos armados al margen de la ley, creación de los Fondos Territoriales de Seguridad y Convivencia Ciudadana (Fonset) y del Fondo Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana (Fonsecón) del Ministerio del Interior.
La exposición de motivos de la ponencia da cuenta de que la Ley 418 de 1997 tiene dos ejes fundamentales: por un lado, establece los mecanismos que permiten adelantar una política de diálogo y reconciliación y, por otro, brinda instrumentos para el fortalecimiento institucional en diversas áreas como la seguridad ciudadana y la preservación del orden público.
La presentación del proyecto de ley expone que desde 1992 se incrementaron las acciones de los grupos armados ilegales, se declaró el Estado de Conmoción Interior con el Decreto 1793 y con base en las facultades conferidas al Presidente de la República se adoptaron medidas para el otorgamiento de funciones de Policía Judicial a las Fuerzas Militares, se fortaleció la primacía de las directrices que impartió el Jefe de Estado para el manejo del orden público, la creación del programa de protección a testigos, controles sobre el uso de recursos de las entidades territoriales, protección a vehículos automotores contra hechos terroristas, creación de una contribución especial para financiar gastos de seguridad, control sobre porte de armas, municiones y explosivos, restricciones al uso de sistemas de radiocomunicación, atención a víctimas de actos terroristas, concesión de beneficios por colaboración con la justicia, entre otras.
Con la finalidad de financiar las actividades de intervención integral del Estado en los territorios, tales como planes, programas y estrategias encaminadas a la consecución de condiciones que promuevan y transformen socialmente los territorios afectados por la violencia y la criminalidad, se ve la necesidad de crear el Fondo para la Legalidad y Equidad en los Territorios.
Dicha ley ha sido un instrumento necesario para la búsqueda de la convivencia ciudadana y una herramienta del Gobierno nacional para afrontar y superar los acontecimientos ocurridos durante los últimos años.