Por irregularidades al suscribir negocios jurídicos con empresas que se encontraban inhabilitadas para celebrar contratos de concesión de juegos de suerte y azar, la Procuraduría General de la Nación sancionó con suspensión de diez meses al expresidente de Coljuegos, Rodrigo Vélez Jara.
En fallo de primera instancia el órgano de control estableció que el directivo incurrió en falta disciplinaria al suscribir el Otrosí No. 1 del negocio jurídico C1014 del 23 de agosto de 2013, con el operador J.E. Ltda, y celebrar el Contrato de Concesión C1187, del 13 de noviembre de 2013, con la sociedad Empresarios de Apuestas Permanentes del Tolima S.A., sin tener en cuenta que habían sido declarados responsables por evadir el pago de derechos y explotación de juegos de suerte y azar.
El Ministerio Público recordó que esta prohibición está dispuesta en el artículo 10 de la Ley 643 de 2001 (modificado por el artículo 20 de la ley 1393 de 2010), que prevé que están inhabilitadas para celebrar contratos de concesión “las personas naturales y jurídicas que hayan sido sancionadas por evasión tributaria, mediante acto administrativo o sentencia judicial”.
La PGN encontró que Vélez Jara actuó con irrespeto por las normas que protegen la moral, que están íntimamente relacionadas con el manejo pulcro, transparente, diligente y cuidadoso de la actividad administrativa, y permite que los ciudadanos mantengan la confianza en sus instituciones y en los servidores que las representan.
La Procuraduría agregó que la responsabilidad en la dirección y manejo de la contratación de Coljuegos radicaba exclusivamente en el jefe o representante legal de la entidad, quien no podía trasladarla a juntas, consejos directivos o comités asesores, y menos aún a funcionarios operativos.
Por ello, calificó definitivamente la falta del expresidente como gravísima a título de culpa grave, por inobservancia del cuidado necesario que cualquier persona del común imprime a sus actuaciones.
Esta suspensión de diez meses impuesta al expresidente de Coljuegos se convertirá en salarios, de acuerdo a lo devengado por el disciplinado para la época de los hechos, es decir $151.580.470.
El despacho informó que contra esta decisión procede recurso de apelación.