Suspender de manera inmediata el uso de la Escopeta calibre 12 empleada por el Esmad para disolver disturbios y con la que resultó herido el joven Dilan Cruz, solicitó la Procuraduría a la Policía en medio de la investigación por la muerte del joven mencionado.
A través de un comunicado el Ministerio Público indicó que uso de esta escopeta "representa un serio peligro para la comunidad, lo cual se ha hecho palpable no sólo en Colombia, sino de manera reciente en Chile y desde épocas pretéritas en varios países, tal como ha quedado documentado en distintas publicaciones a nivel mundial”.
Además, advirtió que con la incorporación al inventario del Esmad en 2017 de la Escopeta calibre 12 y su munición de impacto dirigido, se vulneran la Constitución Política en su artículo 216, que precisa que el fin de la Fuerza Pública “es el mantenimiento de las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos y libertades públicas, y para asegurar que los habitantes de Colombia convivan en paz”.
En ese sentido, la Procuraduría recordó que, según el artículo 166 del Código Nacional de Policía y Convivencia, el uso de la fuerza solo debe ser empleado por el uniformado “como último recurso físico para proteger la vida e integridad física de las personas incluida la de ellos mismos, sin mandamiento previo y escrito, para prevenir, impedir o superar la amenaza o perturbación de la convivencia y la seguridad pública, de conformidad con la ley”.
De igual manera, indicó que el empleo de armas, municiones, elementos y dispositivos menos letales, debe contar con una capacitación, sin embargo encontró que en los programas académicos, de 48 horas, no se presta ningún tipo de instrucción sobre el uso de la Escopeta calibre 12 y su munición, ya que esta solo es empleada cuando existe su disponibilidad, la cual es limitada por su elevado costo.
Por esta razón, el Ministerio Público señaló que le resulta "imposible" que un miembro del ESMAD adquiera la destreza para manejar esta arma "en cualquiera de las dos capacitaciones existentes, en tan limitados espacios de tiempo, y menos aún si se tiene en cuenta que dichos ejercicios no se limitan a su uso exclusivo, sino respecto de todas las menos letales que le son entregadas para el servicio, ello sin dejar de mencionar el hecho que en aquellos eventos donde sólo 100 uniformados la disparan en una oportunidad, los 900 restantes observan”.
De acuerdo con los testimonios que obran en el proceso, en las manifestaciones de fin de año de 2019 fue la primera vez que esa arma y su munición de letalidad reducida fue utilizada en Bogotá y su operación no tiene en cuenta jerarquías, por lo que llamó la atención que ninguno de los instructores que declaró ante el despacho la hubiera portado en esas fechas.