El uso de la aspersión aérea con glifosato para la erradicación de cultivos ilícitos originó una nueva condena a la Nación en el Consejo de Estado.
Sin embargo, en esta ocasión no se trata de daños en la salud de personas, sino en afectación de cultivos de frutas y hojas medicinales en Guapi, Cauca, donde un campesino perdió todo su sustento de trabajo por la fumigación.
La aspersión se ejecutó en el Área de Erradicación de Cultivos Ilícitos de la Policía Nacional de esa población del Litoral Pacífico entre 2008 y 2009.
El campesino acudió a instancias judiciales argumentando que los cultivos eran su único sustento y nunca se hizo un estudio previo sobre cuáles eran los que pretendían afectar y porque no obtuvo respuesta al presentar la solicitud de reparación del daño ante la Dirección de Antinarcóticos de la Policía y al Área de Erradicación de Cultivos.
Cuando se “crea un riesgo con la ejecución de una actividad lícita se debe reparar los daños antijurídicos que cause sin que sea necesario acreditar que incumplió con los deberes de cuidado que le eran exigibles”, según la sentencia, que le dio tres meses al campesino para aportar los elementos que permitan establecer el monto de la condena.
Aunque el Ministerio de Defensa criticó las pruebas presentadas porque ninguna era técnica en relación con el tipo de cultivo y el estado actual de la tierra como consecuencia de la aspersión, para el Consejo “ello no es suficiente para negar las pretensiones dado que existen otros medios de prueba: testimoniales y documentales”.
Por ejemplo, según consta en el expediente del Consejo de Estado, “el alcalde municipal informó al proceso que recibió varias quejas de afectación tanto a los cultivos como a la salud humana, con la fumigación aérea que la Policía Nacional – Dirección de Antinarcóticos realizó en la zona en los años 2008 y 2009”.