La Sala de Amnistía o Indulto de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) cerró el trámite de incidente de incumplimiento contra exintegrante de las Farc-EP Elí Mendoza, conocido como ‘Martín Sombra’, luego de determinar que no hubo elementos que permitan concluir que incumplió el régimen de condicionalidad.
La magistratura del tribunal de paz advirtió que fueron aclaradas las razones por las que el compareciente no atendió los llamados del Sistema Integral para la Paz. “El compareciente explicó que durante el periodo requerido estaba privado de la libertad debido al proceso penal que tiene en su contra y que, en el centro de reclusión, no le informaron sobre estas citaciones”, señaló el auto de la Sala de Amnistía.
El proceso en contra del compareciente se abrió después de que fue acusado por la Fiscalía General de la Nación por el delito de secuestro extorsivo agravado, por hechos ocurridos después de la firma del Acuerdo Final de Paz.
Este señalamiento se consideró un posible indicio de incumplimiento a las obligaciones que asumió cuando se sometió a la JEP. Actualmente, el proceso penal en la justicia ordinaria se encuentra en etapa de juicio oral y el compareciente lo afronta en libertad por vencimiento de términos.
La JEP, como supervisora del cumplimiento de las obligaciones y condiciones a las que están sujetos los comparecientes, manifestó que estará atenta al resultado del proceso penal que enfrenta Elí Mendoza ante la justicia ordinaria por el presunto delito de secuestro extorsivo agravado después de la firma del Acuerdo Final de Paz. Una eventual decisión condenatoria podría tener efectos sobre la situación jurídica del compareciente en esta Jurisdicción.