“Delimitación de Santurbán no obedece a intereses particulares”: Correa | El Nuevo Siglo
“Contamos con 37 complejos de páramos, de los cuales 36 ya están delimitados, y en su interior están prohibidas las actividades mineras”, aclaró el ministro de Ambiente, Carlos Eduardo Correa. /Corponor
Foto Corponor
Miércoles, 7 de Octubre de 2020
Redacción Política

El nuevo ministro de Ambiente, Carlos Eduardo Correa, precisó este martes que la delimitación de Santurbán no obedece a intereses particulares.

Al intervenir ante la plenaria del Senado, durante el debate de control político sobre el tema, Correa expresó que “el proceso de delimitación del páramo de Santurbán es muy distinto a cualquier tipo de licenciamiento que se pretenda obtener para el desarrollo de actividades y proyectos en este ecosistema”, puntualizando que la delimitación “es un acto de carácter general que tiene como propósito ordenar ambientalmente el territorio y esto se hace sobre un ecosistema, no con base en un grupo determinado o interés, o petición particular”.



“Contamos con 37 complejos de páramos, de los cuales 36 ya están delimitados, y en su interior están prohibidas las actividades mineras”, aclaró, agregando que “quiero hacer énfasis en esto porque no quisiera que queda la menor duda de que la Ley de Páramos prohíbe estas actividades”.

Debate

El ministro Correa expuso así la posición del Gobierno nacional el debate programado hace semanas, pero que coincide con la decisión de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) de archivar el trámite administrativo que adelantaba respecto de la licencia al proyecto minero de Soto Norte –donde la Sociedad Minera de Santander, Minesa (empresa que cuenta con el respaldo de Mubadala Investment Company, grupo empresarial del gobierno Emiratos Árabes Unidos) todavía quiere extraer concentrados polimetálicos para obtener oro y cobre– y con la negativa del Consejo de Estado a frenar la concertación para delimitar el páramo.

El debate inicialmente fue citado por el vicepresidente del Senado, Jaime Durán, y los senadores Andrés Cristo y Guillermo García, todos del Partido Liberal, y posteriormente se unieron 14 congresistas de diferentes colectividades.

Simultáneamente, Durán y Cristo hacen parte de una comisión accidental designada por el presidente del Senado, Arturo Char, de Cambio Radical, para hacerle seguimiento a la situación de Santurbán, que está integrada además por Juan Carlos García (Partido Conservador), Edgar Jesús Díaz (Cambio Radical), Jesús Alberto Castilla (Polo Democrático), Jaime Richard Aguilar (Cambio Radical), Horacio José Serpa (Partido Liberal), Miguel Ángel Pinto (Partido Liberal), Angélica Lozano (Alianza Verde), Griselda Lobo (Farc), Antonio Sanguino (Alianza Verde), Gustavo Bolívar (Lista de la Decencia), Carlos Guevara (Mira) y Manuel Virgüez (Mira). 


“Contamos con 37 complejos de páramos, de los cuales 36 ya están delimitados, y en su interior están prohibidas las actividades mineras”: ministro Correa


Tras escuchar al ministro Correa y otros voceros del Gobierno, a delegados de la Procuraduría y la Contraloría, así como a representantes de las comunidades de Santander y Norte de Santander, los congresistas de las diferentes bancadas coincidieron en que el trámite de la licencia ambiental debe ser archivado definitivamente.

Por ejemplo, el senador Durán, quien presidió la sesión, destacó que “a pesar de la decisión del Gobierno nacional de archivar la solicitud de licencia ambiental, aún no se cierra totalmente la posibilidad de realizar megaminería en Santurbán”, mientras que Díaz sostuvo que “la decisión de archivar el proyecto Soto Norte de Minesa no nos da certeza, pero al contrario si nos deja muchas inquietudes. No vamos a descansar en la búsqueda de que al final no solo sea un archivo, sino un definitivo no rotundo a la explotación de los páramos”.

Por su parte, Lozano señaló que “la decisión de la ANLA nos deja un sabor agridulce porque deja suspendido en el tiempo la licencia. Es el segundo archivo de esa solicitud. De raíz y de fondo son suficientes y tan graves los hallazgos de la ANLA que puede negar definitivamente la solicitud”.

En el debate la senadora Paloma Valencia llevó la vocería del Centro Democrático manifestando que “la minería sí, pero donde no genere daños a nuestros ecosistemas estratégicos”, planteando que “los estudios han demostrado que un proyecto minero en Santurbán, tendría varios impactos ambientales: detrimento sobre los recursos naturales, contaminaciones químicas por relaves y afectación a fuentes hídricas de las comunidades de la zona”.

Tras exponer que “este proyecto tenía unos aumentos de ingresos, pero eso no es nada en comparación a la afectación ambiental”, la senadora Valencia manifestó que “un negocio minero no puede beneficiar solo al Estado y al sector minero, las comunidades también importan. El Centro Democrático está de acuerdo con la minería bien hecha y en los lugares que se puede, pero no en medio de un páramo”.



Decisiones

Como lo informó EL NUEVO SIGLO, la ANLA mediante Auto No. 09674 del 2 de octubre de 2020 ordenó el archivo del trámite administrativo de evaluación de licencia ambiental presentado por Minesa y contra la cual procede recurso de reposición.

En su comunicado, la ANLA informó que como consecuencia del análisis realizado al estudio de impacto ambiental y a la información allegada posteriormente por la empresa, se estableció que no era posible emitir una decisión de fondo sobre el proyecto minero, por lo que éste debía ser archivado.

Dentro de las principales consideraciones técnicas para ordenar al archivo por parte de la ANLA se encuentra la definición del área de influencia, además de aspectos técnicos del depósito de relaves (residuos de la actividad minera), consideraciones sobre la geotecnia, la hidrología e hidrogeología, el plan de manejo de riesgos y la valoración económica.

De otra parte, el Consejo de Estado informó el lunes que negó las pretensiones de una acción de tutela que buscaba que se suspendiera el proceso de concertación para la delimitación del páramo de Santurbán, a través de unas mesas de trabajo virtuales que el Ministerio de Ambiente tiene previsto adelantar con las comunidades que habitan en su área de influencia.

La alta corte determinó que si bien no se violaron los derechos de los pobladores al definir este procedimiento, el Tribunal Administrativo de Santander debe velar para que en el curso de este procedimiento se garantice el derecho a la participación ambiental. Lo anterior, teniendo en cuenta las dificultades de falta de computadores, acceso a internet y grado de escolaridad a la que se pueden enfrentar algunos actores sociales que hacen parte de esta población.


Dentro de las principales consideraciones técnicas para ordenar al archivo por parte de la ANLA se encuentra la definición del área de influencia


Los demandantes interpusieron la acción, alegando que la delimitación del ecosistema estratégico del páramo ubicado en Santurbán y Berlín violó los derechos a la participación de las comunidades que habitan en la zona, por no haberlas citado a una audiencia presencial en la que los pobladores tuvieran la oportunidad de pronunciarse frente a dicha delimitación y no limitar el proceso de concertación con los pobladores a que se hiciera únicamente por medios tecnológicos.

Según esta tutela, la violación al derecho fundamental de las comunidades se produjo porque el 20 de mayo pasado el Tribunal Administrativo de Santander emitió una decisión que, a su juicio, no tuvo en cuenta las órdenes que impartió la Corte Constitucional para proteger los derechos de los habitantes del macizo de Santurbán o de su área de influencia en el proceso de delimitación de este ecosistema.

Para los demandantes, dado que la corporación judicial admitió la propuesta del Ministerio de Ambiente de no realizar audiencias públicas programadas para el 16 de marzo y dar lugar a que los diálogos con los habitantes de la zona se dieran por medios tecnológicos, violó las garantías fundamentales de estos últimos.

Los tutelantes solicitaron que se suspendiera el trámite de delimitación del páramo hasta que se pudiera garantizar la participación de las comunidades que habitan en el área de influencia de este ecosistema estratégico.



A su juicio, para garantizar estos derechos, el Tribunal debía tener en cuenta los problemas de conectividad a instrumentos virtuales por parte de las comunidades afectadas y cerciorarse de que las mesas de trabajo por medios digitales propuestas por el ministerio en realidad sí se podían realizar y garantizaran la participación de los pobladores, antes de permitir que se adelantaran.

Aseguró que esta autoridad judicial no convocó ni informó a las comunidades sobre las mesas de trabajo que se adelantarían de manera virtual.