Más de $46 billones fueron salvados por la Administradora Colombiana de Pensiones, Colpensiones, gracias a su gestión en defensa judicial durante el 2019.
De acuerdo con la entidad, se emitieron diversas acciones judiciales a su favor por parte de los juzgados, la Corte Constitucional, el Consejo de Estado y la Corte Suprema de Justicia; para varias de estas acciones se contó con el acompañamiento de la Procuraduría General y la Agencia de Defensa Judicial del Estado.
Durante 2019 fueron diferentes los logros en esta materia, entre ellos la expedición de la sentencia SU-182 de 2019, que ratificó la facultad de Colpensiones para revocar de forma directa pensiones fraudulentas sin necesidad de acudir al proceso penal y sin la autorización del consentimiento del afiliado.
“Tenemos como propósito fortalecer el Régimen de Prima Media y, por esta razón, trabajamos diariamente para que se garantice la cobertura de las prestaciones económicas a favor de todos nuestros pensionados y afiliados. Este ahorro es el resultado de ese trabajo que hacemos por los colombianos”, aseguró Juan Miguel Villa, presidente de Colpensiones.
Otra de las decisiones relevantes que sumó a este gran resultado fue la proferida en primera instancia por el Juzgado 4º administrativo de Cali, que negó a un importante número de afiliados el reintegro de recursos que, vía acción de grupo, perseguían por el presunto cobro excesivo de los gastos de administración descontados por su empleador.
“Han sido muchas acciones y decisiones las que han aportado a la protección de los recursos del sistema, encontrando otra de gran importancia como lo ha sido el precedente de la Corte Constitucional y el del Consejo de Estado, quienes armonizaron el criterio para calcular el ingreso base de liquidación de los empleados públicos en régimen de transición teniendo en cuenta los últimos 10 años de servicio”, explicó.
“Todo esto se ha logrado gracias al trabajo fuerte que ha realizado el equipo de Defensa Judicial de Colpensiones. Continuamos protegiendo los recursos de los colombianos y garantizando la sostenibilidad financiera del sistema pensional, lo cual permite ampliar la cobertura en la protección económica a la vejez”, puntualizó el funcionario.
De lo mencionado anteriormente, la entidad hace énfasis en cuatro grandes decisiones que permitieron la protección de los recursos; se detallan a continuación:
Revoque a pensiones fraudulentas: La Sentencia SU-182 de 2019, emitida por la Corte Constitucional, de gran impacto fiscal e importancia en la lucha contra la corrupción. Ratifica la facultad de Colpensiones para revocar de forma directa, sin consentimiento del afiliado y sin acudir al proceso penal, las pensiones donde existan elementos constitutivos de fraude. Colpensiones dejó de pagar cerca de $750 mil millones, habiendo revocado 1.366 pensiones en su totalidad y otras 157 de manera parcial.
Incrementos pensionales por compañera permanente e hijos: La Sentencia SU-140 de 2019, emitida por la Corte Constitucional, deroga el Decreto 758 de 1990, a partir de la Ley 100 de 1993 y, asimismo, se opone al Acto Legislativo 01 de 2005. Es decir que actualmente no es viable reclamar incrementos pensionales del 14% y 7% por compañera permanente e hijos ni administrativa, ni judicialmente. Por otra parte, la Corte considera que dichas reclamaciones van en contra de la Constitución, dado que ningún ciudadano puede recibir pensiones o subsidios que no tengan respaldo en cotización. Con esta decisión, se ha evitado el pago de cerca de $3 billones, con unos 19 mil procesos en curso, los cuales eventualmente tendrían fallo a favor de la Administradora.
Cálculo en el ingreso base de liquidación: Antes de la entrada en vigencia de la Ley 100 de 1993, el ingreso base de liquidación se calculaba con el último año, con la asignación más alta o con los últimos seis meses. Esta figura abría la puerta a posibles fraudes, dado que una persona podría “mejorar” su ingreso en los últimos 6 meses o 15 días de trabajo. Finalmente, el Consejo de Estado se pronunció al respecto, hecho con el cual, los más de 7.400 procesos en curso fallarían a favor de Colpensiones.
Acción de grupo por más de $40 billones: En el Juzgado Cuarto Administrativo de Cali, se presentó la acción de grupo en la cual el demandante pretendía se le fuera devuelto un presunto exceso en el descuento de los gastos de administración de su aporte a pensión. Colpensiones logró fallo a favor en primera instancia, salvando así cerca de $40 billones que eventualmente hubiesen tenido que devolverse a los afiliados a la entidad. El demandante utilizó argumentos del Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad de cara al Régimen de Prima Media, por lo cual la demanda no prosperó.