Un llamado hizo el procurador general de la Nación, Fernando Carrillo, a los concejos de los 1.102 distritos y municipios del país a que antes de que terminen su tiempo de cuatro años, este 31 de diciembre, dejen adelantado el proceso para la elección de los personeros para el periodo 2020-2023, en lo que tiene que ver con la necesidad de hacer el concurso de méritos con los aspirantes y que luego sean las nuevas corporaciones, que se posesionarán en enero próximo, las que se encarguen de las entrevistas y la respectiva elección.
Carrillo Flórez les exigió a los concejales del país aplicar integralmente el marco normativo y jurisprudencial previsto para la elección de los personeros municipales y distritales para el citado periodo.
En este sentido el procurador Carrillo Flórez a través de la Circular 016 de este año pidió que la elección sea el resultado de un concurso donde se elija el candidato con las mejores condiciones, teniendo en cuenta que entre las funciones más relevantes del cargo están la promoción y protección de los derechos humanos, el interés público y la vigilancia de la conducta de quienes desempeñan funciones públicas en sus territorios.
Precisó que de acuerdo con el Consejo de Estado, a través de su Sala de Consulta y Servicio Civil (concepto 2269 de 2015), quienes están sesionando actualmente y terminan sus periodos el próximo 31 de diciembre, tienen a su cargo la convocatoria, reclutamiento, práctica de las pruebas de conocimiento, valoración de las competencias laborales, evaluación de los estudios y la experiencia de los candidatos a personeros”.
Indicó, así mismo, Carrillo Flórez que a los concejales que se posesionan el primero de enero de 2020 les corresponde efectuar la entrevista y la elección del nuevo personero, respetando de esa forma la competencia asignada por la ley para cada una de las corporaciones vinculadas con el proceso de selección.
La elección de los nuevos personeros municipales deberá realizarse entre el 1 y el 10 de enero de 2020. En caso contrario, la Procuraduría General de la Nación previno que iniciaría los procesos disciplinarios que correspondan en caso de que no sea atendido este plazo.
Precisamente en abril pasado el Ministerio Público abrió una investigación disciplinaria contra los 19 concejales del municipio de Ibagué, Tolima, por presunta dilación en la realización del concurso público y elección del personero municipal.
Explica la Procuraduría que mediante sentencia del 1° de diciembre de 2016 el Consejo de Estado ordenó adelantar una nueva convocatoria para proveer la vacante definitiva del cargo de personero, en razón a la declaratoria de nulidad del acto de elección de Julián Andrés Prada Betancourt.
Sin embargo, se presume que solo hasta agosto de 2017 el Concejo de Ibagué inició el proceso precontractual para la selección de la entidad que adelantaría el concurso, que finalmente se realizó a partir de octubre de 2017. Con esta supuesta actuación los corporados habrían violado los topes establecidos legalmente para tal designación.
Anterior elección
El proceso que se adelantó entre finales de 2015 y principios de 2016 para la elección de personeros por parte de los concejos de todo el país estuvo plagado de inconvenientes y en algunos casos irregularidades, especialmente por los cambios en la norma.
No obstante los concejos estaban ya avisados del cambio de sistema, pues la necesidad de un concurso de méritos para la elección de personeros fue establecida por la Ley 1551 de 2012 y reglamentada mediante el Decreto 2485 de 2014.
Precisamente el Decreto 2485 del 2 de diciembre de 2014 compilado en el título 27 del Decreto 1083 de 2015, o Decreto Reglamentario Único del Sector Función Pública, ordena que todos los concejos municipales y distritales del país deberán encargarse del desarrollo del concurso público de méritos para elegir a los personeros. El concurso podrá llevarse a cabo a través de universidades o instituciones de educación superior públicas o privadas o con entidades especializadas en procesos de selección de personal.