Acaba de ser aprobado, en la Comisión Hacienda del Concejo de Bogotá, con 11 votos a favor y 1 en contra, el de la concejal Susana Muhamad (Colombia Humana), el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, por la suma de $23.980.281.765.000. Ahora este Proyecto de Acuerdo pasará a ser debatido en Sesión Plenaria por los 45 Cabildantes que conforman la Corporación, y de ser aprobado allí pasaría a sanción de la Alcaldesa de la ciudad antes de que finalice el año.
Es importante referir que 50 de los 50 artículos fueron aprobados, aunque algunos, como era de esperarse, presentaron modificaciones. Otros 14 artículos nuevos fueron adicionados al proyecto. De acuerdo con el Concejal Liberal, Samir Abisambra, la aprobación de este Presupuesto le permitirá a la Administración Distrital hacer frente a los dos grandes desafíos en el 2021 para nuestra ciudad: la reactivación económica y el rescate social.
El concejal y ponente Rolando González destacó que el 80% de la inversión está destinada para educación, salud y movilidad. Sin embargo, cuestionó que mientras a la Secretaría de Integración Social se le redujo en un 16% su presupuesto, a varias de las entidades que tuvieron una pésima gestión durante este año, como la Secretaría de Cultura, la Secretaría de la Mujer y el IDRD, se les aumentaron considerablemente los recursos.
En el marco de la discusión, se logró adicionar más de $7 mil millones para financiar la matrícula de los estudiantes de la Universidad Distrital. Aunque, el cabildante lamentó que la administración no accediera a asignar más recursos para las vacunas contra el COVID-19, las tabletas para los estudiantes de los colegios distritales y para la atención de emergencias ocasionadas por la temporada invernal.
Otra cuestión a resaltar es que los recursos del presupuesto son trascendentales para el desarrollo y bienestar de la ciudad puesto que en el 2021 se adelantarán los diseños del Corredor Verde de la Séptima, la elaboración de los estudios y diseños de nivel de factibilidad del proyecto Metro, las obras de la Troncal Avenida 68 y Avenida Cali, el estudio y diseño del cable de San Cristóbal y la prefactibilidad del cable de Usaquén y Ciudad Bolívar, la inversión en infraestructura hospitalaria, recursos para investigación, diagnóstico y posibilidades de tratamiento y vacunas y la construcción y terminación de 11 colegios.
Inversiones del Distrito para el año entrante:
UNIVERSIDAD DISTRITAL - 7.250 MILLONES
INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO - 3.250 MILLONES
IDEARTES - 2.750 MILLONES DE PESOS
CONTRALORÍA DE BOGOTÁ - 3.750 MILLONES
PERSONERÍA DE BOGOTÁ - 2.000 MILLONES DE PESOS
INSTITUTO DISTRITAL DE PATRIMONIO CULTURAL - 500 MILLONES DE PESOS
Entre los Artículos aprobados más importantes se encuentran:
ARTÍCULO 2. Expedir el Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021, por la suma de VEINTITRÉS BILLONES NOVECIENTOS OCHENTA MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y UN MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y CINCO MIL PESOS M/CTE ($23.980.281.765.000)
ARTÍCULO 3. Autorizase a las siguientes entidades para asumir compromisos con cargo a las vigencias futuras de 2022 y 2023 hasta por la suma de TRES BILLONES CIENTO CUARENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS NOVENTA MILLONES CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MIL PESOS ($3.148.590.154.000) pesos constantes de 2021.
ARTÍCULO 6. APORTES DE CAPITAL Y TRANSFERENCIAS DEL DISTRITO PARA EMPRESAS. Las entidades que conforman el Presupuesto Anual podrán realizar a favor de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito Capital o a Sociedades de Economía Mixta y Sociedades por Acciones asimiladas a las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito Capital, aportes de capital o patrimoniales de Bogotá, D.C., y transferencias de recursos orientados al cumplimiento de un fin, propósito, actividad o proyecto específico o para funcionamiento.
ARTÍCULO 11. MODIFICACIÓN PLANTAS DE PERSONAL. Las modificaciones a las plantas de personal de las entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital, requerirán de viabilidad presupuestal previa expedida por la Secretaría Distrital de Hacienda
ARTÍCULO 23.DESTINACIÓN DE SOBRETASA A LA GASOLINA EN LOS FONDOS DE DESARROLLO LOCAL. Los ingresos que corresponden a los Fondos de Desarrollo Local, obtenidos por el recaudo de la Sobretasa a la Gasolina, de conformidad con la participación a que se refiere el artículo 89 del Decreto Ley 1421 de 1993, deberán ser invertidos por éstos en los programas de accesos a barrios y/o pavimentos locales, en cumplimiento del Acuerdo Distrital 23 de 1997, modificado por el Acuerdo Distrital 42 de 1999.
ARTÍCULO 28. INCORPORACIÓN DE RECURSOS ADICIONALES. Los recursos adicionales de Otras Transferencias de la Nación, provenientes del FOME así como los provenientes de la firma de convenios con entidades del nivel nacional o territorial, o asignaciones del Presupuesto General de la Nación siempre y cuando tengan una destinación específica deberán incorporarse por Decreto Distrital. La Secretaría Distrital de Hacienda informará sobre estas incorporaciones y su destinación al Concejo Distrital, dentro de los 30 días siguientes a la expedición del acto administrativo respectivo.
ARTÍCULO 33. INFORME EJECUCIÓN DE VIGENCIAS FUTURAS. La Secretaría Distrital de Hacienda entregará semestralmente al Concejo de Bogotá D.C., un informe sobre la ejecución presupuestal de las vigencias futuras autorizadas