Administración de Bogotá plantea nuevos beneficios tributarios | El Nuevo Siglo
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Martes, 12 de Noviembre de 2019
Redacción Bogotá

La Administración distrital está buscando tramitar un proyecto de acuerdo en el Concejo de Bogotá que busca que la ciudad reciba los beneficios de la Ley Nacional (1995 de 2019), que fija un tope del Índice de Precios al Consumidor (IPC) más 8 puntos al incremento del Impuesto Predial y plantea nuevos límites permanentes en otros casos puntuales.

A través del documento, que será presentado nuevamente ante el Cabildo Distrital, se acogen los lineamientos de la Ley Nacional 1995 de 2019, al tiempo que se hacen unas propuestas para garantizar la certeza jurídica y se brindan mejores beneficios a los contribuyentes.

Periodo de aumento

Uno de estos beneficios hace referencia al período que se debe tener en cuenta para calcular el límite de aumento del impuesto. Teniendo en cuenta que la Ley Nacional no lo determina, el Distrito plantea que la variación del IPC a considerar sea la causada de noviembre a noviembre del año anterior.

Otra propuesta radica en que los nuevos topes coexistan, como principio de favorabilidad, con los topes actuales para predios residenciales y no residenciales. Esto, teniendo en cuenta que la Ley 1995 tiene una vigencia de cinco años contados a partir del primero de enero de 2020. Pero adicionalmente, también es clara en que el beneficio cobija únicamente a los predios que tengan su avalúo actualizado cada año, pues de lo contrario el tope de incremento sería de 50%.

El proyecto de acuerdo, que será presentado en los próximos días en el Cabildo, busca reducir las sanciones tributarias mínimas para los estratos 1 y 2, expresándolas en UVT, lo que genera un menor incremento de año a año. También adopta una clasificación para el Impuesto de Industria y Comercio (ICA), según las indicaciones propias del Distrito y atendiendo lo señalado por la Ley 1819 de 2016.

“Los beneficios tributarios que plantea esta propuesta incluyen nuevos topes en el caso de las mutaciones físicas, lo que alivia la carga especialmente para los estratos más bajos. También, como mecanismo para preservar el patrimonio arquitectónico de Bogotá, el objetivo de la Administración es prorrogar la exención tributaria en el impuesto Predial unificado para los bienes de interés cultural e incrementar el porcentaje de exención del 10% al 50% para teatros y museos”, afirma la Secretaria de Hacienda, Beatriz Elena Arbeláez Martínez.

Es importante mencionar otras de las iniciativas que impactarían positivamente el bolsillo de los bogotanos, como la prórroga por 10 años más de la exención en el impuesto de delineación urbana para vivienda de interés social de estratos 1, 2 y 3 y la reducción de las sanciones tributarias mínimas para los estratos 1 y 2 expresándolas en UVT, lo que generaría un menor incremento anual.

Viviendas

El incremento del impuesto Predial en viviendas de estratos 1, 2 y 3 que han hecho cambios físicos en la estructura de sus viviendas, ha sido de gran preocupación para la Administración Distrital.

Por esta razón, en el actual proyecto de Acuerdo se incluirá una iniciativa para que los predios residenciales de estratos 1, 2 y 3 que en la vigencia anterior haya sufrido mutaciones físicas por cambios en el área construida, tengan un límite de crecimiento del impuesto de 25 % y para los ubicados en estratos 4, 5 y 6, de 50%.

Así mismo, el nuevo Acuerdo de la ciudad plantea que los predios que hayan sufrido disminución del avalúo catastral de un año a otro tengan como límite de crecimiento del impuesto la variación del IPC.

Si bien es cierto que estos alivios tendrán un impacto en el recaudo de la ciudad, que se estima en $87.000 millones, es claro que en la medida que haya mayor cumplimiento en el pago de las obligaciones tributarias el impacto será positivo porque se alinea la capacidad de pago de los hogares y el cumplimiento voluntario de las obligaciones de los contribuyentes será el mejor indicador de eficiencia de la administración tributaria.