La Comisión Primera de Cámara en el Congreso aprobó el proyecto que estaba en riesgo de hundirse, porque no se le había dado el primer debate y las sesiones legislativas concluyen el próximo 20 de junio.
Se trata del proyecto de ley 298 de 2013 Cámara que estipula la adopción de instrumentos “para prevenir, controlar y sancionar la competencia desleal, derivada de operaciones ilegales de comercio exterior, comercio interno, lavado de activos y evasión fiscal”.
Es de recordar que hay un proyecto similar en la Comisión Primera del Senado, y en los próximos días se definirá si la Cámara Baja aborda los temas de hidrocarburos y la Alta el resto.
Algunos de los apartes del texto especifican que el que introduzca mercancías al país o las exporte desde él por lugares no habilitados, o las oculte, disimule o sustraiga de la intervención y control aduanero, en cuantía superior a 10 salarios mínimos legales mensuales vigentes -sin que supere los 50 smlmv-, incurrirá en prisión de 4 a 6 años “y multa del 200 al 300% del valor aduanero de los bienes importados o de los bienes exportados”.
Si la conducta recae sobre mercancías cuyo valor supere los 200 smlmv, se impondrá una pena de 9 a 12 años de prisión y multa del 200 al 300% del valor aduanero de los bienes importados o de los bienes exportados.