La regulación en trámite introduce nuevos requerimientos para los vehículos.
Un proyecto de ley que le “aprieta el cinturón” al transporte escolar en el país comenzará a ser debatido en marzo en el Senado luego de ser aprobado en la Cámara durante la primera parte de la legislatura.
Se trata del proyecto de Ley 211 de 2011 Cámara – 119 de 2011 Senado, “mediante el cual se reglamenta la seguridad en el transporte escolar en el territorio nacional”, radicado el 4 de abril de 2011 por el representante antioqueño Augusto Posada, del Partido Social de Unidad Nacional (La U), y aprobado en segundo debate por la plenaria de la Cámara el 30 de agosto.
El representante Posada sostuvo que la norma pretende reglamentar el transporte escolar de niños y niñas y garantizarles su seguridad, al tiempo que explicó que en los municipios de categoría 3, 4, 5 y 6 se autorizará una normatividad diferente teniendo en cuenta que las condiciones son distintas.
“Es establecer unos mecanismos y una reglamentación para las personas que transportan estudiantes; que tengan todos su cinturón, que existan dispositivos de velocidad, personal idóneo acompañante para atender a los menores y fortalecer la seguridad del transporte escolar”, anotó el congresista.
Posada agregó que se acordó que las medidas se implementen en los municipios de categoría uno y dos, y en los de categorías 3, 4, 5 y 6 sean sus alcaldes en los próximos dos años los que reglamenten la seguridad.
La iniciativa considera que el servicio de transporte escolar solo se podrá prestar mediante vehículos de servicio público especial, los cuales deberán cumplir algunos requisitos especiales. El uso de cinturones de seguridad, un dispositivo de comunicación bidireccional que le permita estar en contacto permanente con la empresa para la cual presta sus servicios, son algunos de ellos.
Por otro lado, los establecimientos educativos públicos y privados deberán realizar el debido registro de los vehículos y sus conductores a las Alcaldías de cada municipio. Además, cada servicio deberá contar con un acompañante que cumpla con un perfil establecido.
Para los pasajeros de movilidad reducida, los vehículos de servicio público deberán contar con asientos especiales al ingreso del vehículo. Así mismo, deberán tener un lugar para el traslado de sillas de ruedas, muletas u otros accesorios, con el fin de no impedir la entrada y obstaculizar el interior del automotor.
“Esta es una gran conquista para evitar que los niños sigan siendo víctimas de conductores irresponsables que no cumplen con las mínimas condiciones de seguridad”, afirmó Posada.