‘Jalón de orejas’ por precios de combustibles | El Nuevo Siglo
Jueves, 6 de Junio de 2013

En concepto emitido por la Procuraduría General frente a una demanda de inconstitucionalidad interpuesta contra una de las fuentes de financiación del Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles (FEPC), le solicitó a la Corte Constitucional “declararse inhibida para conocer de fondo la demanda por falta de certeza en la formulación de los cargos”. En este sentido el Ministerio Público solicitó al alto tribunal que exhorte al Congreso para que expida la ley de intervención económica relacionada con la fijación de los precios de los combustibles en Colombia.

Se trata del literal c) del artículo 101 de la Ley 1450 de 2011, expedida el 16 de junio de 2011, en la que se consagra que el FEPC “seguirá funcionando para atenuar en el mercado interno el impacto de las fluctuaciones de los precios de los combustibles en los mercados internacionales”.

El texto señala como fuentes de recursos para su funcionamiento los rendimientos de los recursos que conformen el Fondo, “los recursos de crédito que de manera extraordinaria reciba del Tesoro, y los recursos provenientes de las diferencias negativas, entre el Precio de Paridad internacional y el Precio de Referencia establecido por el Ministerio de Minas y Energía, o quien haga sus veces, cuando existan”

En el documento divulgado por la Procuraduría se explica que en la fuente de financiación, “los demandantes argumentaron que vulnera la competencia del Congreso de la República para crear e imponer tributos, porque la norma autorizó al Ministerio de Minas y Energía crear e imponer un tributo al fijar dicho precio de referencia por encima del precio internacional de los combustibles”.

En concepto del Ministerio Público, el cargo formulado carece de certeza porque el literal c) del artículo 101 de la Ley 1450 de 2011 se refiere única y exclusivamente a la constitución de un título legal de financiación del FEPC, “pero en ninguna parte de dicho artículo se autoriza ni se le otorga competencia al Ministerio de Minas y Energía para que fije el precio de referencia”.