Jalón de orejas a Colsubsidio por vivienda | El Nuevo Siglo
Viernes, 27 de Diciembre de 2013

La delegatura para Asuntos Jurisdiccionales de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) ordenó a la Caja Colombiana De Subsidio Familiar (Colsubsidio), mantener el precio de una vivienda de interés social a favor de una compradora, a quien le fueron modificadas unilateralmente las condiciones contractuales originalmente pactadas.

Esto, con el propósito de cobrarle un mayor valor al inicialmente ofrecido y pactado, tal como lo informó la misma Superintendencia.

La demanda judicial fue instaurada por una consumidora que en el año 2011 adquirió una vivienda de interés social en el proyecto denominado “Quintas de la Sabana” de la demandada Colsubsidio. En el trámite del proceso judicial ante la SIC, se logró probar que Colsubsidio “no suministró a la compradora información clara, oportuna y suficiente sobre las variaciones que podían surgir en el precio de la vivienda por causa del incremento del salario mínimo entre el momento de adquirir la vivienda y el momento de realizar el pago”.

En el momento de la negociación (noviembre de 2011), Colsubsidio le informó a la compradora que el precio de la vivienda ascendería a la suma de 55.700.000 pesos, sin embargo, “en enero de 2012 le comunicaron que el valor de la vivienda había tenido un incremento asociado al aumento del salario mínimo para el nuevo año, el cual supuestamente debía ser asumido por ella”.

Por esa razón, mediante Sentencia No. 1264 de 2013, la SIC le ordenó a Colsubsidio mantener las condiciones de compra inicialmente ofrecidas, es decir, el precio informado en 2011, sin ningún tipo de incremento asociado al salario mínimo del año siguiente, pues ello no le había sido informado a la compradora.

“La decisión de carácter jurisdiccional adoptada es de inmediato cumplimiento y contra ella no se interpuso recurso alguno, habiendo quedado debidamente ejecutoriada (en firme)”, confirmó la SIC.