Por segunda ocasión llegó al Congreso un proyecto de ley que establece una bonificación mensual, sin carácter salarial, para los defensores de familia del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. El argumento de los promotores de esta iniciativa es que merecen una equiparación frente a otros servidores estatales que desarrollan su función en similares condiciones.
La iniciativa (No. 245/17 Senado) fue radicada en días pasados por el senador Ángel Custodio Cabrera Báez y el representante Germán Blanco, siendo distribuida a la Comisión Séptima de esta Corporación para el primer debate.
Una iniciativa en similar sentido fue radicada el año pasado sin que tuviera mayor trámite.
El proyecto de ley que adiciona un artículo a la Ley 4ª de 1992 indica que el Gobierno nacional establecerá una bonificación mensual por equiparación sin carácter salarial para los defensores de familia del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, que sumada al salario básico y demás ingresos laborales, iguale a los percibidos en su totalidad por un juez de categoría circuito, sin que en ningún caso los supere.
Esta bonificación mensual por equiparación constituirá únicamente factor salarial para la base de cotización al Sistema General de Pensiones y al Sistema General de Seguridad Social en Salud.
Señala que esta prestación debe crearse y hacerse efectiva a partir de la vigencia fiscal siguiente a la promulgación de la presente ley.
Los parlamentarios autores de la iniciativa justifican su necesidad en el sentido que la desigualdad salarial de estos funcionarios frente a otros servidores que hacen funciones similares, como los procuradores judiciales y los fiscales delegados, sería una vulneración al principio de protección al derecho fundamental de igualdad de trato y al derecho a recibir un salario proporcional a la cantidad y calidad de trabajo, “lo que impone un restablecimiento de la situación en consideración a los elementales principios de equidad y justicia”, indican.
Conforme al artículo 80 de la Ley 1098 de 2006, para ser Defensor de Familia se requiere ser abogado en ejercicio y con tarjeta profesional vigente; no tener antecedentes penales ni disciplinarios; acreditar título de posgrado en Derecho de Familia, Derecho Civil, Derecho Administrativo, Derecho Constitucional, Derecho Procesal, Derechos Humanos, o en Ciencias Sociales siempre y cuando en este último caso el estudio de la familia sea un componente curricular del programa.
Corresponde al Defensor de Familia, entre otras, adelantar de oficio las actuaciones para prevenir, proteger, garantizar y restablecer los derechos de los niños, y los adolescentes; emitir los conceptos ordenados por la ley, en las actuaciones judiciales o administrativas, entre estos los que se solicitan en trámites notariales de divorcio y cancelación voluntaria del patrimonio de familia.
Además ejercer las funciones de policía señaladas en la Ley 1098 de 2006; dictar las medidas de restablecimiento de los derechos para los niños menores de 14 años que cometan delitos; asumir la asistencia y protección del adolescente responsable de haber infringido la ley penal ante el juez penal para adolescentes.
Diferencias
El proyecto de ley compara las calidades y requisitos exigidos para ser defensor de familia frente a las requeridas para fiscal delegado ante Juez del Circuito y procurador judicial, encontrando una diferencia que inclina la balanza en contra del Defensor de Familia, pues para ejercer dicho cargo se exige una cualidad que a los demás cargos no se les solicita, esto es, un título de posgrado, relacionado a las funciones que despliega.
Por ley el fiscal delegado ante Juez del Circuito y procurador judicial igualan al funcionario judicial en materia salarial.
Un juez del circuito tiene un sueldo básico de $5.287.213, más una prima especial de servicios de $1.586.164 así como una bonificación judicial de $2.196.230, sumando un total de $9.069.607.
En tanto que un Defensor de Familia tienen una remuneración mensual de $4.019.424, más las prestaciones sociales y salariales que tiene todo servidor público del orden nacional.